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Reiteración de la queja al Defensor del Pueblo. Los derechos comprendidos en el Título I de la Constitución española y que están siendo presuntamente vulnerados por el Gobierno de la Junta de Extremadura en la concesión de Comisiones de Servicio


Oficina del Defensor del Pueblo
A/A de Don Ángel Gabilondo Pujol
Paseo de Eduardo Dato, 31
28010 - Madrid


Fecha: 05 de julio de 2024

Asunto: Reiteración de la queja al Defensor del Pueblo para que lleve a cabo las actuaciones pertinentes al objeto de garantizar los derechos comprendidos en el Título I de la Constitución española y que están siendo presuntamente vulnerados por el Gobierno de la Junta de Extremadura en la concesión de Comisiones de Servicio.

Quien la presente suscribe ante Usted comparece y, como mejor proceda en derecho, por medio de la presente petición EXPONE los siguientes hechos:

• Que aún no he recibido respuesta al escrito que le dirigía a Usted el pasado día 02·06·2024, a través del cual le solicitaba información adicional al Defensor del Pueblo sobre el registro de salida de esa oficina número 24069305 de 20·05·2024, relativo al Número de Expediente: 12007467. Así como que se inste, sin más demoras por parte de esa Oficina del Defensor del Pueblo, a la institución regional a aplicar, cito literalmente, la "Recomendación 58/2013, de 10 de mayo, formulada a la Consejería de Administración Pública de la Junta de Extremadura, sobre la utilización de procedimientos de concurrencia competitiva en lugar de las comisiones de servicio para provisión de puestos de función pública (12007467)"; al objeto de garantizar los derechos comprendidos en el Título I de la Constitución española y que están siendo presuntamente vulnerados por el Gobierno de la Junta de Extremadura en la concesión de Comisiones de Servicio.

• Que en el día de ayer le trasladé al Director General de Función Pública de Extremadura, cito literalmente en apartado D) del solicita, que «desde el 10·03·2022 (SOL-2022/68) llevo esperando respuesta a la siguiente pregunta (lo cual produce bastante burnout, pues la solicitud del 2022 es reiteración de otras que se llevan planteando a la DGFP, incluso por parte del Defensor del Pueblo, desde el año 2013): ¿Cuando la Junta de Extremadura va a dar cumplimiento a la Recomendación número 17005026, del Defensor del Pueblo a la Consejería de Hacienda y Administración Pública de la Junta de Extremadura, en la que se indica: "En la administración extremeña el 79% de los puestos de trabajo provistos mediante el sistema de libre designación están provistos por comisiones de servicio al menos desde el año 2004". Y recomienda: "Proceder a la convocatoria inmediata mediante el sistema de libre designación de los puestos de trabajo a cubrir por dicho sistema y que actualmente están provistos por el sistema de comisión de servicio habiendo superado el plazo legal máximo establecido para dicha forma de provisión." Algo muy parecido a lo expresado por el Defensor del Pueblo en la Recomendación 58/2013, de 10 de mayo, formulada a la Consejería de Administración Pública de la Junta de Extremadura, sobre la utilización de procedimientos de concurrencia competitiva en lugar de las comisiones de servicio para provisión de puestos de función pública (12007467). Petición que coincide con la solicitud que desde el año 2016 le viene realizando también el Tribunal de Cuentas ("El Tribunal de Cuentas ve demasiados funcionarios en comisión de servicio en la región"). Pues a día de hoy el número de Comisiones de Servicio es similar al existente en las fechas citadas tanto por el Defensor del Pueblo como por el Tribunal de Cuentas.» (05·07·2024, SOL-2024/163 y REGAGE24e00050406468).

• Que el pasado día 27·06·2024, en la solicitud con asunto 'El Futuro de la Función Pública en Extremadura', le decía al Director General de Función Pública, Don Domingo Jesús Expósito Rubio, que "el número de empleados de la Junta que ganan más de 50.000 euros crece un 34% en un año. Según los datos relativos al año 2023, publicados hace unas semanas por el Gobierno regional, 5.920 empleados de la Administración regional cobraron más de 50.000 euros el pasado año. En 2022 eran 4.407, lo que supone un aumento de un 34% en apenas un ejercicio" (Diario HOY, 21·04·2024). En resumen, hay casi 6.000 trabajadores que cobran más de 50.000 euros al año. Pero, en ese listado que se adjunta en las referencias de esta solicitud hay casi 500 trabajadores que cobran más de 100.000 euros al año. Incluso los hay que cobran más de 200.000 € al año (Anexo III 2023). Supongo que estos casi 6.000 empleados que cobran más de 50.000 euros habrán sido provistos por el sistema de libre designación y no por de comisión de servicios. Pues, presuntamente, más que tareas laborales de atención a pacientes o a alumnos se dedican a funciones burocráticas más similares a las que desempeñan los Cargos Públicos de los Anexo I y Anexo II que también se acompañan en las referencias de esta petición.

• Que recientemente, concretamente el 16·03·2024, apareció profusamente publicado en prensa que «Los sindicatos denuncian un "abuso" en las comisiones de servicio de los funcionarios extremeños». «Debería ser un procedimiento de provisión de puestos de trabajo "excepcional" pero los sindicatos entienden que hay un "abuso" de las comisiones de servicio (en torno a 4.800 en el último año) por parte de la administración autonómica para evitar crear en plantilla orgánica esas plazas que son "necesarias". No es un problema nuevo, persiste en el tiempo desde hace muchos años cuando en realidad se deberían convocar concursos de traslado para que los empleados públicos puedan ocupar esas plazas en propiedad, sostienen CSIF y PIDE, sindicatos mayoritarios en Administración General, Sanidad y Educación en la Junta de Extremadura.»

• Que el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno ha vuelto a dar la razón a SGTEX sobre la obligatoriedad de la Junta a facilitar información a este sindicato sobre las comisiones de servicio a funcionarios. Resolución del Presidente del Consejo. Expediente 1666-2023 (01·02·2024, SGTEX).

• Que SGTEX insta a la Administración a modificar la Instrucción donde se establecen las directrices para la cobertura de puestos de trabajo mediante Comisión de Servicio. «Desde entonces, hemos seguido denunciando que en dicha Instrucción se ponía de manifiesto la inexistencia total de criterios objetivos de selección, asi como otras carencias que  denunciamos ante la Dirección General de la Función Pública». «SGTEX ha dirigido escrito al Director General de la Función Pública, con número de registro ENT20240055736 para que en cumplimiento de las leyes, la jurisprudencia, y los requerimientos de sus propios Servicios de Inpección, proceda a modificar la Instrucción que regula la cobertura de puestos mediante comisiones de servicio. Establecindo criterios objetivos de selección, dando publicidad a las adjudicaciones, y fundamentando las resoluciones denegatorias a los trabajadores afectados» (19·02·2024, SGTEX).

• Que el periodista Juan Soriano escribía el 30 de septiembre de 2019, en el diario HOY, un artículo titulado "Las comisiones de servicio de la Junta aumentan pese a las advertencias en contra". El subtítulo del mismo era muy elocuente y esclarecedor: "El Tribunal de Cuentas y el Defensor del Pueblo han llamado la atención sobre su número pero han crecido un 10% los últimos tres años" (30·09·2019, Diario HOY).

• Que la realidad a día de hoy en la Junta de Extremadura sigue siendo muy parecida a la del 30 de septiembre de 2019 que se publicó el citado artículo. En la Administración General de la Junta de Extremadura de las 1.500 Comisiones de Servicio no se baja. Una cifra que se mantiene constante desde que se tienen registros públicos.

• Que resulta muy curioso que el nombre de las mismas personas se repita año tras año desde que se lleva publicando el listado en el Portal de Transparencia y Participación Ciudadana. En las referencias le dejo a Usted el enlace por si lo quiere consultar y verificar esto que se le dice.

• Por cierto, recomendación del Defensor del Pueblo que fue aceptada por la Junta de Extremadura. Expediente Número 12007467. Se adjunta en las referencias. Dice el Defensor del Pueblo en la citada Recomendación que "La utilización de este sistema resulta incompatible con pautas de concurrencia competitiva, puesto que está previsto para la cobertura urgente o inaplazable de puestos de trabajo vacantes, y la Administración extremeña es consciente de que su utilización debe racionalizarse", también afirma que "aproximadamente el 15% del total de puestos de personal funcionario se provee mediante este instrumento".

• Que sobre la base de las argumentaciones expuestas el Defensor del Pueblo resolvió formular la siguiente recomendación a la Junta de Extremadura: "Que, en cumplimiento de las previsiones contenidas en los artículos 23.2 y 103 de la Constitución española, se arbitren por esa Consejería las previsiones oportunas para que los funcionarios de la Comunidad Autónoma de Extremadura puedan acceder a los puestos de la función pública extremeña en procesos de concurrencia competitiva, de acuerdo con los principios de igualdad, mérito y capacidad, con la correspondiente publicidad de las convocatorias".

Es por todo ello que de Usted SOLICITA que tenga por presentada esta petición, acuerde admitirla, y se me ofrezca la ayuda del Defensor del Pueblo para que, al igual que le requería el día 13 de febrero de 2016, II Gobierno de Fernández Vara (2015-2019), lleve a cabo las actuaciones pertinentes al objeto de garantizar los derechos comprendidos en el Título I de la Constitución española y que están siendo presuntamente vulnerados por el Gobierno de la Junta de Extremadura en la concesión de Comisiones de Servicio.

En espera de su pronta respuesta a lo solicitado, reciba un cordial saludo.

Referencias:

Recomendación número 12007467 del Defensor del Pueblo a la Consejería de Hacienda y Administración Pública de la Junta de Extremadura.
https://www.defensordelpueblo.es/wp-content/uploads/2015/05/2013_Anexo_E_1_Recomendaciones_2013.pdf#page=190

Recomendación número 17005026 del Defensor del Pueblo a la Consejería de Hacienda y Administración Pública de la Junta de Extremadura.
https://www.defensordelpueblo.es/resoluciones/convocatoria-de-puestos-de-trabajo-por-libre-designacion-ocupados-por-comision-de-servicios/

05·07·2024, SOL-2024/163 y REGAGE24e00050406468
https://reclasificacionauxiliaresya.blogspot.com/2024/07/cuantas-evaluaciones-de-riesgos.html

21·04·2024, Diario HOY
https://www.hoy.es/extremadura/numero-empleados-junta-ganan-50000-euros-crece-20240421210636-nt.html

Anexo III, 2023
http://gobiernoabierto.juntaex.es//transparencia/filescms/web/uploaded_files/CodigoEtico/2023/Anexo_III_2023.pdf

Anexo II, 2023
http://gobiernoabierto.juntaex.es//transparencia/filescms/web/uploaded_files/CodigoEtico/2023/Anexo_II_2023.pdf

Anexo I, 2023
http://gobiernoabierto.juntaex.es//transparencia/filescms/web/uploaded_files/CodigoEtico/2023/Anexo_I_2023.pdf

16·03·2024, El Periódico Extremadura
https://www.elperiodicoextremadura.com/extremadura/2024/03/16/sindicatos-denuncian-abuso-comisiones-servicio-99573421.html

01·02·2024, SGTEX
https://www.sgtex.es/archives/2024/02/01/el-consejo-de-transparencia-y-buen-gobierno-vuelve-a-dar-la-razon-a-sgtex-sobre-la-obligatoriedad-de-la-junta-a-facilitar-informacion-a-este-sindicato-sobre-las-comisiones-de-servicio-a-funcionarios/

Resolución del Presidente del Consejo. RA CTBG Número 2023-1012. Expediente 1666_2023
https://www.consejodetransparencia.es/ct_Home/dam/jcr:a9f6e64a-d012-45fe-89bc-747372c32b02/RA%20CTBG%202023-1012%20%5BExpediente%201666_2023%5D_Censurado.pdf

19·02·2024, SGTEX
https://www.sgtex.es/archives/2024/02/19/sgtex-insta-a-la-administracion-a-modificar-la-instruccion-donde-se-establecen-las-directrices-para-la-cobertura-de-puestos-de-trabajo-mediante-comision-de-servicio/

30·09·2019, Diario HOY
https://www.hoy.es/extremadura/comisiones-servicio-junta-20190930205517-nt.html

Comisiones de Servicio en la Junta de Extremadura
http://gobiernoabierto.juntaex.es/transparencia/web/comisiones-servicio

Oficio del Defensor del Pueblo de fecha 10·05·2013, nº expediente: 12007467; en el cual se recoge la RECOMENDACIÓN emitida en relación a las 1.302 Comisiones de Servicio asignadas en la Junta de Extremadura sin respetar los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad.
https://drive.google.com/file/d/1Ss-A3zp_NcpnEJ585COnZrjLmPwSCk5G/view?usp=sharing
 
 
Ampliación de información del expediente: 12007467

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