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Puestos de Libre Designación, Comisiones de Servicio y Concurso de Traslados de puestos de estructura


Solicitud de acceso a la información pública
A/A Portal de Transparencia y Participación Ciudadana de la Junta de Extremadura
http://gobiernoabierto.juntaex.es/transparencia/web/solicitar-informacion


NOTA: Se remite copia del presente escrito al Defensor del Pueblo, a la Comisión de Peticiones de la Asamblea de Extremadura y a la Dirección Territorial de Extremadura de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social para que sea investigada esta situación e incluida esta información en los expedientes abiertos relativos a las relaciones laborales en fraude de ley en la Junta de Extremadura.

ASUNTO: Preguntas sobre las relaciones laborales en fraude de ley en la Administración General de la Junta de Extremadura: Puestos de Libre Designación provistos mediante Comisiones de Servicio, Información de las plazas y criterios utilizados para la asignación de las Comisiones de Servicio; así como fecha de la convocatoria de un nuevo Concurso de Traslados de Puestos Singularizados (de estructura) para funcionarios de carrera de la Junta de Extremadura.

Ante Usted comparezco para poner en su conocimiento los siguientes HECHOS para los que SOLICITA respuesta expresa y por escrito:

A) EXPONE:
En el texto de la Recomendación número 17005026, del Defensor del Pueblo a la Consejería de Hacienda y Administración Pública de la Junta de Extremadura, se indica: "En la administración extremeña el 79% de los puestos de trabajo provistos mediante el sistema de libre designación están provistos por comisiones de servicio al menos desde el año 2004". Y recomienda: "Proceder a la convocatoria inmediata mediante el sistema de libre designación de los puestos de trabajo a cubrir por dicho sistema y que actualmente están provistos por el sistema de comisión de servicio habiendo superado el plazo legal máximo establecido para dicha forma de provisión.". Algo muy parecido a lo expresado por el Defensor del Pueblo en la Recomendación 58/2013, de 10 de mayo, formulada a la Consejería de Administración Pública de la Junta de Extremadura, sobre la utilización de procedimientos de concurrencia competitiva en lugar de las comisiones de servicio para provisión de puestos de función pública (12007467).

SOLICITA respuesta expresa a las siguientes preguntas:
1.- ¿En la actualidad el 79% de los puestos de trabajo provistos mediante el sistema de libre designación están provistos por comisiones de servicio al menos desde el año 2004?
2.- ¿Qué porcentaje y número de puestos de trabajo provistos mediante el sistema de libre designación están provistos en la actualidad por comisiones de servicio?
3.- De ese porcentaje y número de puestos de trabajo provistos mediante el sistema de libre designación, que están provistos en la actualidad por comisiones de servicio, ¿cuantos puestos corresponden a cada categoría profesional?
4.- ¿Cuantos de los puestos de trabajo provistos mediante el sistema de libre designación, que están provistos en la actualidad por comisiones de servicio, corresponden a subalternos y a auxiliares administrativos?

FUENTES DE INFORMACIÓN:
https://www.defensordelpueblo.es/resoluciones/convocatoria-de-puestos-de-trabajo-por-libre-designacion-ocupados-por-comision-de-servicios/
https://drive.google.com/file/d/13l-H5LqTxFtlRwzsvvzwCf4FoCOnjVmz/view

B) EXPONE:
Las centrales sindicales mantienen que, independientemente de las cifras globales, «es preciso que se regulen en los tres sectores y se publiquen todas, indicando asimismo el motivo, el por qué de cada comisión», señala Benito Román, presidente autonómico de CSIF. «Porque a día de hoy solo hay cierta regulación en el sector docente, pero la discrecionalidad es absoluta en Administración General y en Sanidad», afirma.
De hecho, los sindicatos sanitarios han reclamado en más de una ocasión al SES que regule los criterios que marcan la concesión de las comisiones de servicio. Y, sobre todo, como lo han hecho las centrales en los tres ámbitos, que se potencien los concursos de traslados. «Porque estos sí tienen criterios objetivos y tribunales, y el empleado que más puntuación tiene es el que logra la plaza», aclara Román. Concursos de traslados que posibilitan la movilidad de los empleados públicos a la vez que la reducción de las comisiones de servicio, que tienen que ser excepcionales, en vez de generales, y no prolongarse de forma indefinida en el tiempo.

SOLICITA respuesta expresa a las siguientes preguntas:
1.- ¿Tiene previsto la Junta de Extremadura atender en breve esta petición sindical de regular las comisiones de servicio en los tres sectores (Administración General, Educación y Sanidad) y se publiquen todas, indicando asimismo el motivo del por qué de cada comisión.
2.- ¿Nos puede indicar la fecha en la que tiene intención la Junta de Extremadura de atender esta petición sindical que coincide con la solicitud que desde hace una década le viene realizando también el Defensor del Pueblo como el Tribunal de Cuentas ("El Tribunal de Cuentas ve demasiados funcionarios en comisión de servicio en la región")?

FUENTES DE INFORMACIÓN:

https://www.hoy.es/extremadura/junta-reduce-comisiones-20180402214112-nt.html
https://www.hoy.es/extremadura/tribunal-cuentas-aprueba-20190212165608-nt.html

C) EXPONE:
1.- Que los medios de comunicación se vienen haciendo eco de este tema desde el año 2013: El Defensor del Pueblo pide que los funcionarios concurran a los empleos. 1.302 puestos "vulneran los principios de igualdad, mérito y capacidad". El 26 de abril de 2012 el titular de Administración Pública "habló de revisar su actual estatus en situación de Comisión de Servicio".
2.- Que la Junta resolvió 2 años después de ser convocado el concurso de traslados de funcionarios extremeños. El 06·04·2017 publicó la lista de admitidos en las plazas singularizadas convocadas en 2015.

SOLICITA respuesta expresa a las siguientes preguntas:
1.- ¿Va a convocar el breve la Junta de Extremadura un nuevo concurso de traslados para ocupar puestos singularizados (de estructura) dado el tiempo transcurrido desde el último proceso llevado a cabo?
2.- ¿En qué fecha prevé la Junta de Extremadura que se convocará ese nuevo concurso de traslados para ocupar puestos singularizados (de estructura) para evitar que se sigan vulnerando los principios de igualdad, mérito y capacidad de los funcionarios extremeños que no ocupan alguna de esas miles de comisiones de servicio discrecionales que la Junta de Extremadura concede a dedo?

FUENTES DE INFORMACIÓN:

https://www.elperiodicoextremadura.com/extremadura/2013/05/15/defensor-pueblo-pide-funcionarios-concurran-44752380.html
https://www.elperiodicoextremadura.com/extremadura/2017/04/07/junta-resuelve-2-anos-despues-44304400.html

D) EXPONE:
Que en el mes de abril del año 2018 se puso en conocimiento de la Mesa de la Asamblea de Extremadura y de la Comisión de Peticiones de la misma, para que sean entregadas a los grupos parlamentarios con representación en esa cámara, y en relación a la Petición P48/IX, algunas preguntas que surgen sobre el tema que se aborda en la citada Petición a raíz de la publicación en el Diario HOY del artículo titulado "La Junta reduce las comisiones de servicio en Administración General, Sanidad y Educación".

SOLICITA respuesta expresa a las siguientes preguntas:
1.- ¿Por qué a día de hoy aún no he recibido respuesta, ni resolución alguna, a las preguntas contenidas en esa Petición P48/IX formulada a la Mesa de la Asamblea de Extremadura y de la Comisión de Peticiones de la misma?

FUENTES DE INFORMACIÓN:
https://drive.google.com/file/d/1T7_xdJcuQEO2LBCDPslBPVvvezPZdreO/view

E) EXPONE:
Que la siguiente interpelación la llevo formulando desde el año 2016 sin respuesta de la Junta de Extremadura (Oficio con Nº de Registro: 201600002630).

SOLICITA respuesta expresa a las siguientes preguntas:
1.- ¿Por qué se dan situaciones en las que la Comisión de Servicio no se cubre por la persona a la que se le ha asignado y esa persona accede a otra plaza, también no cubierta por parte de Junta de Extremadura; y en la plaza asignada por Comisión de Servicio, que se le ha concedido a la persona en cuestión, colocan a un interino?
2.- ¿Podría usted instar a la Junta de Extremadura a que comprobara esta circunstancia? Pues la misma se puede comprobar de una forma muy sencilla, esto es, verificando qué trabajador ficha en cada puesto de trabajo.
3.- Insisto en este tema con otra pregunta ¿Saben Ustedes cuántas plazas asignadas por Comisión de Servicio, para realizar, se entiende, trabajo urgente e inaplazable, no están cubiertas por las personas a las que se les han asignado? Realidad que se puede comprobar, como les indico, verificando la localidad y centro de trabajo donde fichan y realizan su actividad laboral, así verán si la localidad y centro de trabajo en la cual realizan su actividad profesional para la Junta de Extremadura coincide con la localidad y centro de trabajo para la que se les había asignado la Comisión de Servicio.

FUENTES DE INFORMACIÓN:
https://drive.google.com/file/d/1-GkznyBgf59cotm4_0AHz5vGa11ZmCkN/view

F) EXPONE:
1.- Que el sindicato SGTEX solicitó el 17 de abril de 2018, a la Consejera de Hacienda y Administración Pública, relación de Comisiones de Servicio a la cual se añada la información actual de cada plaza, si existe reserva de puesto para la misma o se trata de vacante pura, sin propietario en la actualidad. Se añada además en la comunicación la información establecida en la Resolución de 8 de febrero de 2016 relativa a los criterios utilizados para la asignación de las Comisiones de Servicio. Y se publique al mismo tiempo toda la información anterior en el Portal de Transparencia para conocimiento de trabajadores y ciudadanos.

SOLICITA respuesta expresa a las siguientes preguntas:
1.- ¿Se ha facilitado por parte de la Consejera de Hacienda y Administración Pública, relación de Comisiones de Servicio a la cual se añada la información actual de cada plaza, si existe reserva de puesto para la misma o se trata de vacante pura, sin propietario en la actualidad; información a la cual se añada además en la comunicación la información establecida en la Resolución de 8 de febrero de 2016 relativa a los criterios utilizados para la asignación de las Comisiones de Servicio?
2.- ¿Se ha publicado al mismo tiempo toda esa información citada en el punto anterior en el Portal de Transparencia para conocimiento de trabajadores y ciudadanos?

FUENTES DE INFORMACIÓN:
http://sgtex.es/documentos/docs/Doc20180423.pdf

 


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