Que intervenga la vicepresidenta primera y consejera de Hacienda y Administración Pública e investiguen el por qué 275 Auxiliares Administrativos (Grupo C2) nos vemos obligados a hacer labores de superior categoría de forma sostenida en el tiempo
Solicitud de acceso a la información pública
A/A Portal de Transparencia y Participación Ciudadana de la Junta de Extremadura
http://gobiernoabierto.juntaex.es/transparencia/web/solicitar-informacion
A la atención de la vicepresidenta primera y consejera de Hacienda y Administración Pública, Dña. Pilar Blanco-Morales.
Fecha: 12 de noviembre de 2022
Asunto: SOLICITUD de INFORMACIÓN PÚBLICA a la vicepresidenta primera y consejera de Hacienda y Administración Pública de la Junta de Extremadura, Dña. Pilar Blanco-Morales, para que intervenga ante la vulneración sistemática de la legislación laboral por parte de la institución regional, e investiguen el por qué 275 Auxiliares Administrativos (Grupo C2) nos vemos obligados a hacer labores de superior categoría de forma sostenida en el tiempo (llevamos décadas, desde septiembre de 2006), funciones que realizamos (sin reconocimiento, abono o reclasificación y en claro fraude de ley) de forma subrepticia y casi clandestina al no tener reconocido el Grupo C1 (Administrativo) como en la actualidad ocurre; así como también exhortándole a Usted a que efectúe requerimiento para que la Junta de Extremadura abone todas las cantidades adeudadas consecuencia de la realización, de forma sostenida en el tiempo, de labores de superior categoría; así como que regularicen estas relaciones laborales en fraude de ley que padecemos en la institución regional como así le documento y fehacientemente le pruebo a Usted con la abundante documentación adjunta que le aporto en este escrito.
Quien la presente suscribe, ante Usted comparece y, como mejor proceda en derecho, por medio de la presente solicitud EXPONE:
1.- Que establece la ley (artículo 259 de la LECrim) que es obligación de todo ciudadano denunciar los hechos de los que se tengan conocimiento y que pudieran presumirse como delictivos (falta, infracción, quebrantamiento, trasgresión, vulneración, ...).
2.- Que indica el art. 29 de la LPRL que nuestra primera obligación es velar por nuestra propia seguridad y salud en el trabajo, así como por la de otras personas a las que pueda afectar su actividad profesional.
3.- Que, según la LPRL, es deber del trabajador el de informar a los delegados de prevención de nuestra empresa de aquellas transgresiones que conozcamos a fin de que ejerzan eficazmente la labor de vigilancia y control sobre el cumplimiento de la normativa de prevención de riesgos laborales que tienen encomendada, realizando para ello visitas a los lugares de trabajo para ejercer su labor de vigilancia y control del estado de las condiciones de trabajo.
4.- Que más de una decena son las enfermedades catalogadas como las más comunes causadas por el Estrés Laboral, el Burnout (estar quemado), o el desgaste laboral consecuencia de infravaloración y la falta de reconocimiento en el trabajo.
5.- Que la falta de reconocimiento en el trabajo es uno de los problemas que más afecta a los empleados pues genera desmotivación y en consecuencia, menor productividad y mayores conflictos entre los trabajadores y entre éstos y sus superiores. La falta de reconocimiento y la ausencia de empatía por los empleados forman parte de la lista de principales causas por los que los trabajadores abandonan las empresas.
6.- Que el 45% de los empleados públicos consume ansiolíticos, antidepresivos y somníferos, de los cuales más de la mitad lo hace a diario. Así lo revela una encuesta sobre salud mental y consumo de psicofármacos en empleados públicos que fue presentada con motivo del Día Mundial de la Salud Mental. El 76% de los entrevistados considera que el trabajo influye en el consumo de psicofármacos, apuntando el 54,2% a un exceso de carga de trabajo, el 44,6% a un escaso reconocimiento profesional.
7.- Que indican los especialistas en recursos humanos que otra de las consecuencias de la falta de reconocimiento y motivación en el trabajo, es la baja autoestima y el estrés de los empleados y como consecuencia mayor absentismo laboral.
8.- Que los psicólogos y especialistas recomiendan crear una cultura del reconocimiento en nuestras empresas, pues es una de las claves para tener el compromiso los empleados, mejorar la productividad, impulsar la competitividad y la innovación y lo más importante contar en tu organización con trabajadores más felices.
9.- La satisfacción que aporta el reconocimiento profesional ayuda a retener al mejor talento, aumentar el compromiso de los trabajadores y fomentar el alto rendimiento
10.- Que, como reconoce el Ministerio de Trabajo y Economía Social, el estrés afecta a la productividad y hay mayor riesgo de sufrir accidentes
11.- Que la semana pasada el presidente de la Junta de Extremadura, Guillermo Fernández Vara, destacaba la importancia que tiene el tratamiento de la salud mental, algo transcendental en un mundo de enorme complejidad. Y el vicepresidente segundo y consejero de Sanidad y Servicios Sociales, José María Vergeles, anunció ante los medios de comunicación, en el acto institucional del Día Internacional de la Salud Mental, que la Junta de Extremadura destinará más de 11 millones de euros para recursos en Salud Mental en los Presupuestos de 2023; recordado que el Gobierno de España ha destinado 100 millones de euros a la Salud Mental que se complementan con los presupuestos de las Comunidades Autónomas. Al tiempo que felicitaba a las asociaciones "por dar voz a las personas con problemas de Salud Mental que durante tanto tiempo no la tuvieron".
12.- Que la actuación de la ITSS frente a los riesgos psicosociales en el trabajo refuerza sus cimientos con el nuevo Criterio Técnio, el CT 104/2021EDD 2021/11639, a través del cual se trata de adaptar a la actuación de la ITSS española a los principios de actuación de la Inspección de Trabajo europea (SLIC) y la guía que este organismo ha dictado para valorar las evaluaciones de riesgos y la gestión de la prevención de los riesgos psicosociales, entre los que destaca el estrés laboral. Para ello, el CT (Criterio Técnico) determina los conceptos y riesgos psicosociales. Y define como tales aquellos hechos, acontecimientos, situaciones o estados que son consecuencia de la organización del trabajo y tienen una alta probabilidad de afectar negativamente a la salud del trabajador, siendo el más conocidos el estrés. La ITSS entiende que las obligaciones generales de la Ley son directamente vinculantes, sin necesidad de desarrollo reglamentario, en especial obligaciones de especial significación como son: La obligación de gestionar todos los riesgos, incluidos los psicosociales; y la obligación de adscribir a los trabajadores a puestos de trabajo compatibles con sus características personales y psicofísicas.
13.- Que, como Usted sabe, pues incluso a la Dirección Territorial de Extremadura de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social hemos recurrido para que efectúe requerimiento para que la Junta de Extremadura acate y respete el derecho, manifestado por los tribunales de justicia en sus sentencias, y se avance así hacia el anhelado deseo de los empleados públicos de la Junta de Extremadura: A igual trabajo, igual salario, pluses y complementos. Como así establece el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), fijando la igualdad salarial para trabajos "de igual valor"; veredicto que puede invocarse en litigios basados en un trabajo de igual valor realizado por trabajadores que tengan el mismo empresario en establecimientos distintos de ese empresario.
14.- Que el pasado día 23 de enero de 2022, petición reiterada el día 1 de julio de 2022, exhortábamos a la Dirección Territorial de Extremadura de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social a formular REQUERIMIENTO a la Vicepresidencia Primera y Consejería de Hacienda y Administración Pública de la Junta de Extremadura para instar a regularizar la situación relativa a las relaciones laborales en fraude de ley e incumplimiento de la normativa laboral por realización y encomienda de trabajos y tareas de superior categoría a los Auxiliares Administrativos (Grupo C2) que realizan funciones de Administrativos (Grupo C1) en IES e IESO para la Consejería de Educación y Empleo de la Junta de Extremadura siguiendo el certero criterio establecido por los tribunales en otras Comunidades Autónomas como, por ejemplo, la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Canarias de 22 de julio de 2021 que suprime una categoría profesional por considerar que atenta contra el principio de igualdad, al existir dos categorías profesionales que realizan funciones de igual valor con salarios diferentes.
15.- Que todo ello se hace en la certidumbre por evidencia de que la Junta de Extremadura es conocedora que, además de este perfil de Administrativo (Grupo C1), los Auxiliares Administrativos (Grupo C2) cuentan con otros perfiles en Rayuela como el de Coordinador de Centro, Supervisión FSE o Inventario propios de Grupos profesionales A y B que comparten con los Equipos Directivos de los centros educativos, los Jefes de Departamento o Responsables de Tutoría.
16.- Que estas funciones y tareas que se vienen realizando, por parte de los Auxiliares Administrativos (Grupo C2), de forma permanente en el tiempo desde el año 2006 en el que comienza su andadura la Plataforma Educativa Rayuela. La cual, y como también es conocedora la Junta de Extremadura, exclusivamente dispone del perfil de Administrativo (Grupo C1), pues el de Auxiliar Administrativo (Grupo C2) no existe en la citada plataforma a través de la cual realizan y registran la práctica totalidad de su actividad profesional.
17.- Que como indicamos en la Propuesta de Reclasificación del Grupo C2 al C1 (se adjunta), ningún Jefe (esto es, ningún órgano superior o directivo de la Administración, y que siguiendo el organigrama desde el punto de vista vertical la línea de mando recoge los siguientes: Consejero, Secretario General, Director General, Jefe de Servicio, Jefe de Sección, Jefe de Negociado) sabe realmente donde termina el trabajo del Auxiliar Administrativo (Grupo C2) y donde comienza el trabajo del Administrativo (Grupo C1).
18.- Que, para abundar con más argumentos en lo que se afirma, las Jefaturas de Negociado, por ejemplo, pueden ser desempeñadas indistintamente tanto por trabajadores del Grupo C1 (Administrativos) como por trabajadores del Grupo C2 (Auxiliares Administrativos). Y de hecho así ocurre en la mayoría de IES e IESO de la Consejería de Educación y Empleo de la Junta de Extremadura. Esto es, en los IES e IESO de Extremadura nos encontramos con Administrativos que, además, son Jefes de Negociado y cobran por ello; también nos encontramos con Auxiliares Administrativos que, además, son Jefes de Negociado y cobran por ello. Y, junto a esta realidad, nos encontramos con Auxiliares Administrativos que, realizando exactamente el mismo trabajo que Administrativos y Jefes de Negociado, no cobran ni por un concepto ni por el otro; pues no son ni Jefes de Negociado ni están reclasificados en el grupo C1 como Administrativos a pesar, insistimos, en que realizan exactamente el mismo trabajo que ellos y cuentan con idéntica, e incluso superior formación. Recordar que la mayoría de los trabajadores del Grupo C2 cuentan con bachillerato, FP de Grado Superior o formación universitaria. Esto se evidencia con especial claridad en los centros de enseñanza de la Consejería de Educación, en dónde las tareas de los grupos C1 y C2 son totalmente idénticas.
19.- Que la infravaloración y la falta de reconocimiento de nuestro trabajo, que padecemos por parte de la Junta de Extremadura, es la causante de las enfermedades causadas por el Estrés Laboral, el Burnout (estar quemado), o el desgaste laboral consecuencia de funciones y tareas que se vienen realizando, por parte de los Auxiliares Administrativos (Grupo C2), de forma permanente en el tiempo desde el año 2006 en el que comienza su andadura la Plataforma Educativa Rayuela. La cual, y como también es conocedora la institución regional, exclusivamente dispone del perfil de Administrativo (Grupo C1), pues el de Auxiliar Administrativo (Grupo C2) no existe en la citada plataforma a través de la cual realizan y registran la práctica totalidad de su actividad profesional.
20.- Que si de verdad y forma sincera la Junta de Extremadura está comprometida con la Salud Mental, la prevención de los riesgos psicosociales en el trabajo de sus empleados públicos, la igualdad salarial para trabajos de igual valor y la eliminación de la brecha salarial de género lo demuestre con hechos, regularizando estas relaciones laborales en fraude de ley que padecemos en la institución regional como así le documento y fehacientemente le pruebo a Usted con la abundante documentación adjunta que le aporto en este escrito; abonando además todas las cantidades adeudadas consecuencia de la realización, de forma sostenida en el tiempo, de labores de superior categoría.
Por todo ello de la vicepresidenta primera y consejera de Hacienda y Administración Pública de la Junta de Extremadura, Dña. Pilar Blanco-Morales, se SOLICITA:
1.- Que tenga por presentado este escrito, acuerde admitirlo teniendo por reproducido en este solicita todo aquello que en el expone se manifiesta, es especial las pruebas documentales que se aportan como DOC1, DOC2 y DOC3.
2.- Que intervenga, esperando que Usted sea la instancia competente de la Junta de Extremadura ante la que presentar nuestra reivindicación. ante la vulneración sistemática de la legislación laboral por parte de la institución regional, e investiguen el por qué 275 Auxiliares Administrativos (Grupo C2) nos vemos obligados a hacer labores de superior categoría de forma sostenida en el tiempo (llevamos décadas, desde septiembre de 2006), funciones que realizamos (sin reconocimiento, abono o reclasificación y en claro fraude de ley) de forma subrepticia y casi clandestina al no tener reconocido el Grupo C1 (Administrativo) como en la actualidad ocurre.
3.- Que también la exhorto a Usted que efectúe requerimiento para que la Junta de Extremadura abone todas las cantidades adeudadas consecuencia de la realización, de forma sostenida en el tiempo, de labores de superior categoría; así como que regularicen estas relaciones laborales en fraude de ley que padecemos en la institución regional como así le documento y fehacientemente le pruebo a Usted con la abundante documentación adjunta que le aporto en este escrito.
4.- Que me ofrezca respuesta expresa y por escrito a esta Petición. Y no se haga lo mismo como con las que llevan presentadas meses ante este Portal de Transparencia y Participación Ciudadana de la Junta de Extremadura y con las que ha habido que acudir al Defensor del Pueblo para que curse recomendación para que sean respondidas. Recordemos que la buena Administración pública es un derecho de los ciudadanos, nada menos que un derecho fundamental y, también, un principio de actuación administrativa. Es por ello que nosotros también nos preguntamos: ¿Por qué no se ofrece por la Consejería de Administración Pública la información que el Defensor del Pueblo, Ángel Gabilondo Pujol, le ha solicitado reiteradamente?
5.- Que no me haga recurrir de nuevo a la Oficina del Defensor del Pueblo para volver a pedir su colaboración, pues en el Nº Expediente: 22002628, Salida del 16/02/2022 y Salida del 10/08/2022, ya se manifestaba por parte de la Adjunta Primera del Defensor del Pueblo lo siguiente: "que si la contestación administrativa se demorase más allá del plazo legal de resolución que se deduce de la ley procedimental vigente", "puede dirigirse de nuevo al Defensor del Pueblo haciendo constar dicha circunstancia para que, en tal caso, este pueda estudiar de nuevo la posibilidad de prestarle su colaboración."
6.- Que se remiten las siguientes PRUEBAS DOCUMENTALES para su incorporación a la presente Petición:
DOC1.- El documento incluye los perfiles de Rayuela a través de los cuales gestiono y desempeño el trabajo que, en el IES de la Consejería de Educación de la Junta de Extremadura en el que presto mis servicios, tengo encomendado:
Página 1.- Perfil Administrativo: Junto a mi nombre aparece claramente ADMINISTRATIVO. El número del centro y su denominación.
Página 2.- Perfil Responsable de Centro: 6 Responsables de centro (Equipo Directivo y Secretaría), entre las que me encuentro.
Página 3.- Perfil Inventario: Propio de Grupos profesionales A y B y que también gestiono.
Página 4.- Perfil Secretaría: Del que se les hace llegar, junto con otros perfiles, manual de procesos y competencias.
Página 5.- Perfil Servicio de Apoyo: Como encargado puedo presentar solicitud en nombre de la persona interesada o de su representante.
DOC2.- Documento de las Certificaciones Acreditativas en Gestión Administrativa de quién la presente suscribe:
Experiencia en Gestión Administrativa que me fue acreditada como requisito y/o mérito para la convocatoria de provisión de puestos de trabajo singularizados (de estructura), en concreto Jefaturas de Negociado que también ocupan Administrativos, mediante Orden del Consejero de Hacienda y Administración Pública de 20 de mayo de 2015 (D.O.E. núm. 97, de 22 de mayo).
Experiencia en Gestión Administrativa acreditada en las siguientes Consejerías:
Consejería de Sanidad y Políticas Sociales, Consejería de Medio Ambiente y Rural, Políticas Agrarias y Transportes y Consejería de Educación y Empleo.
DOC3.- Documento denominado Consulta superior categoría formulada a los representantes sindicales en el año 2020, así como los 21 Manuales, Guías y Perfiles en los que consta parte del trabajo que se realiza en un instituto de enseñanza secundaria con el perfil de Administrativo y que llevan a cabo, en claro faude de ley, los Auxiliares Administrativos (Grupo C2) que realizan funciones de Administrativos (Grupo C1) en IES e IESO para la Consejería de Educación y Empleo de la Junta de Extremadura:
a) Consulta superior categoría formulada a los representantes sindicales en el año 2020
b) Menú de la Aplicación para el Perfil Administración
c) Perfil Rayuela Responsable de Centro
d) Manual Responsable de Centro
e) Perfil Secretaría
f) Matriculación
g) Registro de Entrada/Salida de documentos en el centro
h) Guia Revision de la Documentacion Solicitudes CCFF
i) Personal no docente del centro
j) Personal docente del centro
k) Gestión de Titulos
l) Ficha del alumnado
m) Guia nueva busqueda alumnado
n) Gestion de recursos materiales (portatiles)
ñ) Gestión de inventario
o) Proceso de Escolarización en los Ciclos Formativos
p) Escolarización. Proceso ordinario
q) Ayudas técnicas
r) Ayuda al estudio
s) Ausencias del profesorado
t) Alumnado, Familias y Tutores Legales
u) Escolarización. Adscripción del alumnado
Motivación de la solicitud: Que, como motivación, y en cumpliendo de las previsiones contenidas tanto en la Ley 4/2013 de 21 de mayo, de Gobierno Abierto de Extremadura, como en la Ley 19/2013 de 9 de diciembre, de Transparencia, vengo a solicitar información pública a la Junta de Extremadura; pues dichas normas legales configuran tanto el derecho de acceso a la información pública como la obligación de la administración pública de proporcionar y difundir de forma constante, veraz, objetiva y accesible la información, para garantizar la transparencia de la actividad política, de la gestión pública y fomentar con ello la implicación de la ciudadanía.
Nota: Se traslada el texto de este procedimiento de petición al Defensor del Pueblo, a la autoridad laboral y a los responsables políticos e institucionales que tienen encomendado el control y la fiscalización de los órganos de gobierno.
Y para que así conste a los efectos oportunos, firmo la presente.
En espera de su pronta contestación a esta petición de intervención y respuesta expresa que se le solicita, reciba un cordial saludo.
SOL-2022/281