Que Función Pública me informe de los criterios de la Junta de Extremadura para no cubrir plazas durante la dispensa total en la prestación de servicios
Solicitud de acceso a la información pública
A/A Portal de Transparencia y Participación Ciudadana de la Junta de Extremadura
http://gobiernoabierto.juntaex.es/transparencia/web/solicitar-informacion
A la atención de Don Francisco Javier Gaspar Nieto, Director General de la Función Pública de la Consejería de Hacienda y Administración Pública de la Junta de Extremadura.
Fecha: 15 de noviembre de 2022
Asunto: SOLICITUD de INFORMACIÓN PÚBLICA a la Dirección General de Función Pública de la Consejería de Hacienda y Administración Pública de la Junta de Extremadura, para que me informe de los criterios de la Junta de Extremadura para no cubrir plazas durante la dispensa total en la prestación de servicios que se conceden (140 horas/mensuales) con motivo de la celebración del proceso electoral sindical y durante el periodo comprendido entre el 15 de noviembre y el 2 de diciembre de 2022 (ambos días inclusive).
Quien la presente suscribe, ante Usted comparece y, como mejor proceda en derecho, por medio de la presente solicitud EXPONE:
A) Que en el día de hoy se me notifica la resolución del Director General de Función Pública, Don Francisco Javier Gaspar Nieto, a través de la cual autoriza la dispensa total en la prestación de servicios (140 horas/mensuales) con motivo de la celebración del proceso electoral sindical y durante el periodo comprendido entre el 15 de noviembre y el 2 de diciembre de 2022 (ambos días inclusive).
B) Que mi idea era aprovechar esa dispensa total en la prestación de servicios, esas 140 horas/mensuales, para visitar centros de trabajo y llevar información al colectivo de Auxiliares Administrativos para activar la petición, a la Dirección General de Función Pública, de la apertura de un proceso de reclasificación a través de la creación de una Mesa Técnica en la que se negocie un procedimiento específico amparado tanto por el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público (TREBEP) como por la propia Ley 13/2015, de 8 de abril, de Función Pública de Extremadura, que faculte la promoción interna de los Auxiliares Administrativos (Grupo C2) en Administrativos (Grupo C1), a través de curso selectivo, en el propio puesto de trabajo.
C) Que mi sorpresa se produce cuando me llega la información relativa a que no se va a cubrir mi plaza durante esa dispensa total en la prestación de servicios que se me concede, pues, previamente, por parte del centro en el que presto mis servicios se ha solicitado su cobertura. Información que me gustaría que el Director General de Función Pública, Don Francisco Javier Gaspar Nieto, me confirmara o desmintiera; pues no es razonable, como afirma la expresión popular, desnudar un santo para vestir otro. Pues, de hacer uso de esa dispensa total en la prestación de servicios durante esas 140 horas/mensuales, se sobrecargaría de trabajo a otros compañeros del centro en el que presto mis servicios; lo cual me terminarían por reprochar y echar en cara tanto a mi como al sindicato que buenamente ha presentado la propuesta para ayudar al colectivo de Auxiliares Administrativos en la consecución de una Mesa Técnica en la que se negocie nuestra reclasificación.
D) Que, parece ser, que las causas que motivan esta no cobertura es que el tiempo de la dispensa no es largo y que no hay Auxiliares Administrativos para cubrir estas plazas. Como confirmó Einstein, el tiempo es relativo. No es lo mismo, obviamente, el tiempo para un observador lejano de la actividad que se lleva a cabo en un centro de trabajo que para quién realiza el trabajo. Lo mismo que, supongo, no es lo mismo el tiempo de los retrasos del tren extremeño para Raquel Sánchez Jiménez, Ministra de Transportes, la cual dice que los retrasos del tren extremeño son ya residuales; que para el ciudadano que sufre los retrasos todos los días. Y la muestra más evidente de esto es poner en cualquier buscador de Internet "Tren Extremadura" y mirar las noticias que aparecen.
E) Que, como empleado público, he prestado mis servicios en diferentes puestos de trabajo y, en uno de ellos, éramos lo que se denominaba un centro de gestión; en el cual también gestionábamos la bolsa de trabajo. Y en ese centro nunca que quedaba una plaza sin cubrir por poco tiempo que su titular tuviera cualquier tipo de dispensa en la prestación de servicios. Primero llamábamos a las personas inscritas en Bolsa y, en segundo lugar, llamando al Servicio Público de Empleo. No creo yo que no exista ningún Auxiliar Administrativo en la zona de Plasencia que no le interese trabajar 15 días. O tal vez la dificultad esté en encomendar a un trabajador con menos cualificación la realización de funciones superiores con una retribución menor como en el día de hoy hemos puesto en conocimiento de la Inspección de Trabajo.
Por todo ello de Don Francisco Javier Gaspar Nieto, Director General de la Función Pública de la Consejería de Hacienda y Administración Pública de la Junta de Extremadura, se SOLICITA:
1.- Que tenga por presentado este escrito, acuerde admitirlo teniendo por reproducido en este solicita todo aquello que en el expone se manifiesta.
2.- Que me informe de los criterios de la Junta de Extremadura para no cubrir plazas durante la dispensa total en la prestación de servicios que se conceden (140 horas/mensuales) con motivo de la celebración del proceso electoral sindical y durante el periodo comprendido entre el 15 de noviembre y el 2 de diciembre de 2022 (ambos días inclusive); pues, como le digo, no es razonable, como afirma la expresión popular, desnudar un santo para vestir otro. Pues, de hacer uso de esa dispensa total en la prestación de servicios durante esas 140 horas/mensuales, se sobrecargaría de trabajo a otros compañeros del centro en el que presto mis servicios; lo cual me terminarían por reprochar y echar en cara tanto a mi como al sindicato que buenamente ha presentado la propuesta para ayudar al colectivo de Auxiliares Administrativos en la consecución de una Mesa Técnica en la que se negocie nuestra reclasificación.
Motivación de la solicitud: Que, como motivación, y en cumpliendo de las previsiones contenidas tanto en la Ley 4/2013 de 21 de mayo, de Gobierno Abierto de Extremadura, como en la Ley 19/2013 de 9 de diciembre, de Transparencia, vengo a solicitar información pública a la Junta de Extremadura; pues dichas normas legales configuran tanto el derecho de acceso a la información pública como la obligación de la administración pública de proporcionar y difundir de forma constante, veraz, objetiva y accesible la información, para garantizar la transparencia de la actividad política, de la gestión pública y fomentar con ello la implicación de la ciudadanía.
Nota: Se traslada el texto de este procedimiento de petición al Defensor del Pueblo, a la autoridad laboral y a los responsables políticos e institucionales que tienen encomendado el control y la fiscalización de los órganos de gobierno.
Y para que así conste a los efectos oportunos, firmo la presente.
En espera de su pronta contestación a esta petición de información y respuesta expresa que se le solicita, reciba un cordial saludo.