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Propuesta de Transformación Administrativa: Reclasificación de Cuerpos y Escalas según el Nivel de Responsabilidad


A/A Consejera de Hacienda y Admón. Pública (Presidenta de la Mesa General de Negociación de la Junta de Extremadura) y Director General de Función Pública (Presidente de la Mesa Sectorial de Negociación de la Administración General)

Fecha: 09/12/2024

Asunto: Propuesta de Transformación Administrativa: Reclasificación de Cuerpos y Escalas según el Nivel de Responsabilidad.

Quien suscribe la presente, ante Ustedes comparece y, como mejor proceda en derecho, por medio de esta solicitud,

EXPONE:

1. Se me ha informado que aparentemente el obstáculo para abordar la reclasificación de aquellos empleados que venimos desempeñando, de manera continuada, funciones de superior categoría con una remuneración inferior, radica en que ninguna organización sindical ha presentado formalmente esta propuesta para su debate en Mesa de Negociación. Desconocemos si esta información es precisa, ya que las actas de las Mesas de Negociación no se publican en el Portal del Empleado Público. La transparencia continúa siendo una asignatura pendiente en la Junta de Extremadura, a pesar de los compromisos adquiridos por Habla Extremadura de modificar este tipo de situaciones durante la pasada campaña de elecciones autonómicas del 28M.

2. Por otra parte, la Directiva (UE) 2023/970 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 10 de mayo de 2023, prohíbe explícitamente la realización de tareas de categoría superior con una remuneración menor y percibir salarios y complementos diferentes por desempeñar las mismas funciones. Si una Directiva de la Unión Europea ha logrado poner fin a la temporalidad en la administración, confiamos en que otra nos ayude a mejorar nuestras condiciones laborales, percibiendo, al menos, la misma retribución por realizar idénticas funciones.

3. Esperamos y deseamos que las organizaciones sindicales comiencen a mostrar mayor actividad una vez concluya el proceso de estabilización, pues como se evidencia incluso a nivel de encuesta entre los propios empleados públicos de la Junta de Extremadura, parece que su presencia ha sido escasa desde las elecciones sindicales celebradas hace dos años. Se tiene la impresión de que la Junta de Extremadura ha sabido mantenerlos ocupados con este modelo de proceso de estabilización implementado para la Administración General, cuando podría haber adoptado el modelo desarrollado por el SES, que ha resultado más eficiente y menos complejo según manifiestan los propios sindicatos.

4. Desde el jueves 26 de septiembre 2019 hasta la fecha actual han transcurrido más de 5 años. En aquella ocasión, una organización sindical con representación en la Mesa de Negociación de la Administración General solicitó públicamente a la Junta de Extremadura la "reclasificación" de los auxiliares administrativos de esta administración al grupo C1 con el objetivo de que "se reconozca el trabajo que desempeña la inmensa mayoría" de estos trabajadores.

5. Desde el miércoles 20 de mayo de 2009 hasta el día de hoy han pasado más de 15 años. En aquella ocasión, otra organización sindical, también presente en las Mesas de Negociación, manifestaba: "Desde este sindicato estamos plenamente convencidos de que las funciones que realizan tanto los auxiliares como los administrativos son semejantes y en ese sentido hemos realizado propuestas a la Administración en Mesa de Negociación de la Oferta de Pública de Empleo, para que se lleven a cabo procesos de promoción interna en el propio puesto de trabajo, de la especialidad auxiliar a administrativo. Que se abran procesos de promoción en el propio puesto de trabajo será una de las propuestas en las que insistiremos en las próximas Mesas de Negociación Sectoriales de la materia".

6. Consideramos que ha llegado el momento de actuar. Por ello, en virtud de las siguientes disposiciones legales que garantizan el cumplimiento de las obligaciones de la Administración Pública en materia de transparencia y respuesta, contribuyendo a una gestión más abierta, eficaz y participativa:
- Obligación de resolución expresa: Según el artículo 21.1 de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la Administración está obligada a dictar y notificar resoluciones expresas en todos los procedimientos administrativos, cualquiera que sea su forma de iniciación, conforme al principio de buena administración reconocido por el Tribunal Supremo.
- Tramitación y respuesta: La Ley Orgánica 4/2001 refuerza esta obligación al exigir que las autoridades competentes tramiten y respondan adecuadamente a las solicitudes recibidas.
- Normativa sobre transparencia: Las previsiones contenidas en la Ley 4/2013, de 21 de mayo, de Gobierno Abierto de Extremadura, y en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno.

SOLICITA:

Que se me proporcione respuesta expresa y por escrito a las siguientes cuestiones:

• ¿Tiene la Consejera, o la Dirección General de Función Pública, previsto y calendarizado el proceso de reclasificación de aquellos empleados públicos de la Administración General que desempeñamos funciones de superior categoría con una retribución menor para, entre otras cuestiones, eliminar la desigualdad por razón de género en la Junta de Extremadura?

• ¿Cuándo tiene previsto la Consejería de Hacienda y Administración Pública materializar la propuesta que el Grupo Parlamentario Popular justificaba en la anterior legislatura con las siguientes palabras: "En la actualidad existen diferentes colectivos de empleados públicos que reivindican una adecuación de sus funciones y una reclasificación profesional ante las que la Administración no puede permanecer indiferente, por lo que consideramos necesario iniciar este proceso de actualización y reclasificación profesional en el ámbito de la Comunidad Autónoma"?

• Que, como expresé en mi Felicitación por su nombramiento el pasado 21/07/2023: En sus actuaciones como Consejera de Hacienda y Administración Pública de la Junta de Extremadura sea característica la comunicación y el diálogo fluido con los empleados públicos, haciendo con ello realidad un Habla Extremadura en la Administración Regional (https://ppextremadura.com/habla-extremadura/); en particular con la convocatoria de los órganos de negociación Administración-Sindicatos con el fin de tratar propuestas como la relativa a la reclasificación de los Auxiliares Administrativos (Grupo C2) que realizan funciones de Administrativos, al Grupo C1; así como la de otros colectivos de trabajadores en situación similar.

• Que para su conocimiento y efectos oportunos, así como para su posterior comunicación a las Organizaciones Sindicales que representan a los trabajadores tanto en la Mesa General de Negociación de la Junta de Extremadura, como en la Mesa Sectorial de la Administración General, así como en Comités de Empresa y Juntas de Personal, les adjunto como información complementaria la PROPUESTA titulada: Transformación Administrativa: Reclasificación de Cuerpos y Escalas según el Nivel de Responsabilidad.

PROPUESTA

Transformación Administrativa: Reclasificación de Cuerpos y Escalas según el Nivel de Responsabilidad

"La clasificación de los Cuerpos y Escalas en cada Subgrupo estará en función del nivel de responsabilidad de las funciones a desempeñar" (Artículo 76 del TREBEP). El TREBEP es el Texto Refundido del Estatuto Básico del Empleado Público. Este documento recoge el conjunto de normas que regulan las condiciones laborales, derechos y deberes de los funcionarios en España.

Introducción:

Reclasificación Justa: Adecuando Categorías a Funciones en la Administración Extremeña

La propuesta de reclasificación de los Auxiliares Administrativos (Grupo C2) al Grupo Administrativo (C1) en la Junta de Extremadura responde a una necesidad largamente postergada de adecuar las categorías profesionales a las funciones realmente desempeñadas. Esta iniciativa se fundamenta en el "Acuerdo marco para una administración del siglo XXI" y en la plena aplicación del artículo 76 del TREBEP, que vincula la clasificación de los Cuerpos y Escalas al nivel de responsabilidad de las funciones ejercidas.

La realidad actual demuestra que los Auxiliares Administrativos realizan tareas equiparables a las del Grupo Administrativo, requiriendo una cualificación técnica, administrativa e informática superior a la originalmente asignada a su categoría. Esta situación no solo afecta a la justicia laboral, sino que también tiene implicaciones significativas en la igualdad de género, dado que el 86% de los Auxiliares Administrativos son mujeres.

El proceso hacia esta reclasificación ha incluido preguntas parlamentarias y la presentación de la Enmienda Número 83 al Proyecto de Ley de Presupuestos para 2023, que insta a la Junta de Extremadura a impulsar un proceso de definición y actualización de los puestos de trabajo.

La implementación de esta propuesta no solo supondría un reconocimiento justo para miles de trabajadores públicos, sino que también contribuiría a la modernización y eficiencia de la administración pública extremeña, alineándola con las demandas y necesidades del siglo XXI.

Propuesta de Aplicación del Artículo 76 del TREBEP: La clasificación de los Cuerpos y Escalas en función del nivel de responsabilidad"

1. Marco Normativo para la Clasificación del Personal Público
El "Acuerdo marco para una administración del siglo XXI" (Boletín Oficial del Estado de 17 de noviembre de 2022) recoge específicamente la culminación de la disposición tercera del Texto Refundido del Estatuto Básico del Empleado Público (TREBEP). Esto supone la plena aplicación de la clasificación del personal al servicio de las administraciones públicas recogida en el artículo 76 del citado TREBEP, lo que nos ha de llevar a poder ubicar adecuadamente a los grupos administrativos de la Junta de Extremadura de una vez por todas.

2. Necesidad de Reconversión del Grupo Auxiliar Administrativo
El momento actual, una vez culminado el proceso de estabilización, debe ser la ocasión en que se aborde al fin, y de forma específica, el estudio y solución de la reconversión progresiva de las plazas del Grupo Auxiliar Administrativo al Grupo Administrativo. Esto se debe a que no existen en la Junta de Extremadura puestos de trabajo donde se desarrollen funciones auxiliares, como claramente se evidencia en la Consejería de Educación, en la cual todos trabajan con el Perfil de Administrativo. Esta propuesta se enmarca en la profesionalización, reorganización y modernización de la Junta de Extremadura, y se sustenta en un hecho objetivo que se viene dando desde hace décadas: las funciones (junto con los conocimientos y experiencia) que en efecto realizan diariamente en todos los puestos de trabajo las personas del Grupo Auxiliar Administrativo (C2) son asimilables al 100% de las funciones que realizan y se recogen para las personas del Grupo Administrativo (C1).

3. Aumento de Cualificación en la Función Administrativa Actual
Cada vez se requiere mayor cualificación en las tareas que realiza el conjunto de categorías de la función administrativa. En este contexto, en el que está inmersa también la Junta de Extremadura, de mayor cualificación técnica, administrativa e informática, se hace patente la adquisición de habilidades personales y profesionales que supera con creces las específicas para el Grupo Auxiliar Administrativo (C2), siendo más acorde con el día a día de estos profesionales la cualificación al menos de un Grupo Administrativo (C1).

4. El preludio del proceso: Preguntas parlamentarias
El 3 de febrero de 2022, el Grupo Parlamentario Popular dio el primer paso significativo al presentar dos preguntas parlamentarias cruciales, publicadas en el Boletín Oficial de la Asamblea de Extremadura (BOAE) Número 558:
- La iniciativa 3296 cuestionaba directamente: "¿Tiene constancia la Junta de Extremadura de que Auxiliares Administrativos del Grupo C2 estén realizando funciones de Administrativos del Grupo C1?"
- La iniciativa 3299 iba un paso más allá, preguntando: "¿Contempla la Junta de Extremadura la reclasificación de las Auxiliares Administrativos del Grupo C2 que realizan funciones de Administrativos del grupo C1?"
Estas preguntas no solo buscaban obtener información, sino que también pretendían poner sobre la mesa la realidad cotidiana de muchos trabajadores de la administración y abrir el debate sobre la necesidad de una reclasificación.

5. La Enmienda Número 83: Un hito en la lucha por la reclasificación
El verdadero punto de inflexión llegó el 14 de diciembre de 2022, cuando el Grupo Parlamentario Popular presentó la Enmienda Número 83 al Proyecto de Ley de Presupuestos para 2023. Esta enmienda, publicada en el Boletín Oficial de la Asamblea de Extremadura Número 737, proponía añadir una disposición adicional con el siguiente texto:
"La Junta de Extremadura impulsará un proceso de definición de todos y cada uno de los puestos prestados por el personal al Servicio de la Administración Autonómica al objeto de proceder en su caso a su reclasificación y actualización de las diferentes categorías profesionales existentes adecuándolas a la Ley de Función Pública de Extremadura."
Esta enmienda podría cambiar el futuro de miles de trabajadores públicos.

6. La justificación de esta enmienda era clara y contundente:
"En la actualidad, existen diferentes colectivos de empleados públicos que reivindican una adecuación de sus funciones y una reclasificación profesional ante las que la Administración no puede permanecer indiferente, por lo que consideramos necesario iniciar este proceso de actualización y reclasificación profesional en el ámbito de la Comunidad Autónoma."

7. Un compromiso pendiente
Con el cambio de gobierno en Extremadura, las esperanzas de las auxiliares administrativos están puestas en que la actual administración cumpla con el compromiso expresado en la oposición. Se espera que la Consejería de Hacienda y Administración Pública tome cartas en el asunto e inicie el tan ansiado proceso de reclasificación.

8. Más allá de una simple reivindicación
Este movimiento no solo busca el reconocimiento profesional, sino también una mejora en la eficiencia de la administración pública extremeña. La regularización "de iure" de las funciones que ya se realizan "de facto" no solo beneficiaría a los trabajadores, sino que podría traducirse en un servicio más ágil y efectivo para los ciudadanos.

9. La implementación de la Enmienda 83 y el proceso de reclasificación: Un compromiso con la igualdad de género
La enmienda presentada, las preguntas parlamentarias y el compromiso político demuestran que la reivindicación ha trascendido de ser un movimiento local a convertirse en una demanda seria y fundamentada que exige una respuesta institucional. Esta reivindicación cobra aún más relevancia al considerar la perspectiva de género en la función administrativa de la Junta de Extremadura.
Según datos presentados al Director General de la Función Pública en julio de 2024, la composición por género en la función administrativa muestra un claro desequilibrio:
- En general: 80% mujeres, 20% hombres
- En la categoría de Auxiliares administrativos: 86% mujeres
Estos datos subrayan que la reclasificación no solo es una cuestión de justicia laboral, sino también un paso crucial para abordar la desigualdad de género en la administración pública extremeña. La implementación de la Enmienda 83 y el proceso de reclasificación se presentan, por tanto, como medidas necesarias para corregir esta disparidad y promover una verdadera igualdad de oportunidades en el ámbito laboral público.

10. Conclusión: Una lucha continua por el reconocimiento profesional
La reclasificación de los Auxiliares Administrativos al Grupo Administrativo en la Junta de Extremadura representa más que una simple demanda laboral; es un paso crucial hacia la modernización y eficiencia de la administración pública. Cada iniciativa, desde las preguntas parlamentarias hasta la Enmienda 83, ha contribuido a visibilizar esta necesidad urgente. La propuesta no solo busca reconocer justamente las funciones reales desempeñadas por estos profesionales, sino que también aborda importantes cuestiones de igualdad de género, dado el alto porcentaje de mujeres en este grupo. La implementación de esta reclasificación, basada en el artículo 76 del TREBEP, no solo beneficiaría a los trabajadores, sino que también mejoraría la calidad del servicio público. Es un compromiso pendiente que requiere acción inmediata por parte de la actual administración para adaptar la estructura laboral a las realidades del siglo XXI y reconocer adecuadamente a quienes sostienen diariamente el engranaje administrativo de Extremadura.



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