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Solicitud de intervención y evaluación de riesgos psicosociales ante la carencia de Manual de Funciones y la aplicación de cláusulas de «flexibilidad funcional» en el Expte. 3020/2025



A LA ATENCIÓN DEL SERVICIO DE SALUD Y PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES

Destinatarios principales:
- Servicio de Salud y Prevención de Riesgos Laborales de la Junta de Extremadura (SSPRL) (Unidad: A11005281)
- Servicio de Salud y Riesgos Laborales en Centros Educativos (Unidad: A11030047) 

Copia informativa (para su conocimiento y efectos oportunos):
- Secretaría General de la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional (Unidad: A11044897)
- Dirección General de Función Pública (Unidad: A11016190)
- Organizaciones Sindicales de la Mesa Sectorial (CSIF, UGT, CCOO, USO y SGTEX) (Unidad: A11006755)

ASUNTO: Solicitud de intervención y evaluación de riesgos psicosociales ante la carencia de Manual de Funciones y la aplicación de cláusulas de «flexibilidad funcional» en el Expte. 3020/2025.

EXPONGO:

I. Antecedentes y situación de riesgo:

La Resolución del Expediente 3020/2025, de 18/03/2026, confirma la inexistencia de un Manual de Funciones aprobado para el personal Auxiliar Administrativo C2 en la Junta de Extremadura. Esta ausencia normativa se está cubriendo mediante una interpretación extensiva de la denominada «flexibilidad funcional», que en la práctica está provocando una asignación habitual y continuada de tareas que exceden las funciones propias del subgrupo C2, con especial incidencia en centros educativos.

Esta situación no solo genera incertidumbre sobre el contenido real del puesto, sino también una sobrecarga cualitativa y una exposición sostenida a conflictos de rol, al exigirse al personal auxiliar la realización de cometidos que requieren mayor autonomía, mayor nivel de responsabilidad, mayor complejidad técnica y, en muchos casos, manejo de procedimientos propios del subgrupo C1.

II. Contraste de modelos y realidad funcional:

Mientras otras Administraciones públicas identifican con claridad el contenido del puesto mediante descriptores funcionales, delimitando tareas, responsabilidades, límites competenciales y niveles de autonomía, en la Junta de Extremadura persiste una indeterminación funcional que termina trasladando al trabajador la carga de asumir funciones no definidas formalmente, pero sí exigidas en la práctica.

En un modelo moderno y preventivo, un descriptor de puesto no se limita a enumerar tareas genéricas, sino que concreta con precisión qué actividades forman parte del puesto, cuáles quedan excluidas y qué nivel de responsabilidad se exige. En cambio, en la realidad actual de numerosos centros educativos de la Junta de Extremadura, el personal Auxiliar Administrativo C2 viene desarrollando de forma continuada tareas como las siguientes, entre otras:

- Tramitación ordinaria y seguimiento de expedientes administrativos.
- Gestión de documentación con incidencia en procedimientos de matrícula, escolarización, ayudas, becas y títulos.
- Registro, control y verificación de entradas y salidas documentales, tanto presenciales como electrónicas.
- Introducción, actualización y tratamiento de datos en aplicaciones de gestión académica y administrativa.
- Atención al público con resolución de incidencias, información especializada y orientación procedimental.
- Preparación de borradores, listados, relaciones, comunicaciones internas y documentación de apoyo para la dirección y para otras unidades del centro.
- Colaboración en tareas de gestión económica básica, inventario, material, incidencias y control administrativo del funcionamiento del centro.
- Apoyo continuado a órganos directivos y a responsables de procesos administrativos que exigen criterio técnico, dominio de procedimientos y asunción de responsabilidad operativa.

A continuación, se expone el contraste entre un modelo preventivo ideal y la realidad funcional observada:

En la definición de tareas, un modelo de buenas prácticas identifica con claridad funciones auxiliares, repetitivas y de mera ejecución, mientras que en la realidad de la Junta de Extremadura se asignan tareas administrativas complejas, cambiantes y sin delimitación formal.

Respecto a los límites de categoría, el modelo excluye expresamente gestiones técnicas, tramitación compleja y preparación de documentación con relevancia administrativa, frente a la práctica habitual de actuaciones de tramitación y apoyo técnico-administrativo propias de nivel superior.

En cuanto al nivel de responsabilidad, el modelo limita las tareas a apoyo y ejecución bajo instrucciones precisas, mientras que la realidad exige autonomía práctica y resolución de incidencias operativas diarias.

Sobre la carga mental, el modelo contempla un volumen compatible con un puesto definido y estable, no la sobrecarga cualitativa por acumulación de funciones diversas y simultáneas que se observa actualmente.

Finalmente, en prevención psicosocial, el modelo delimita el rol para evitar ambigüedad y saturación, frente a la ambigüedad permanente sobre el alcance real de las funciones y responsabilidades del puesto.

III. Argumentación técnica para la intervención del SSPRL:

La Ley 31/1995, de Prevención de Riesgos Laborales, obliga a la Administración a evaluar no solo los riesgos físicos, sino también los derivados de la organización del trabajo, incluyendo la carga mental, el conflicto de rol, la ambigüedad funcional y la presión generada por la asunción continuada de tareas no adecuadas al puesto.

Cuando un Auxiliar Administrativo C2 realiza de forma estructural funciones que en la práctica se corresponden con tareas de gestión administrativa más compleja, el problema deja de ser organizativo y pasa a ser también preventivo y psicosocial. La falta de delimitación funcional favorece el estrés sostenido, la sensación de desbordamiento, la inseguridad profesional y la imposibilidad de anticipar el alcance real del trabajo diario.

Por ello, la utilización de cláusulas de «flexibilidad funcional» indeterminadas no puede operar como un cheque en blanco para trasladar al personal C2 tareas que exigen una cualificación funcional superior, especialmente cuando esa realidad ya ha sido acreditada documentalmente y se mantiene de forma prolongada en el tiempo.

SOLICITO:

1. La elaboración inmediata de un Descriptor de Puesto de Trabajo para la categoría de Auxiliar Administrativo en centros educativos que defina con precisión las funciones efectivamente exigibles, establezca límites claros y excluya de forma expresa las tareas de gestión, tramitación compleja y responsabilidad técnica propias de categorías superiores.

2. La realización de una Evaluación de Riesgos Psicosociales específica en los centros educativos afectados, con especial atención al conflicto y a la ambigüedad de rol, la sobrecarga cualitativa, la presión por multitarea y la exposición continuada a funciones no adecuadas a la categoría formal.

3. La revisión y limitación de las cláusulas de «flexibilidad funcional» cuando su uso genere indeterminación funcional, sobreasignación de tareas o desplazamiento sistemático de funciones propias de otra categoría profesional.

4. Que tenga por reproducido en este solicita todo aquello que en el expone se manifiesta en los ANEXOS que se acompañan, en especial las PRUEBAS DOCUMENTALES que se aportan como DOC1 (SUMARIO), DOC2, DOC3 y DOC4, para su incorporación a la presente solicitud.

En espera de su respuesta, reciban un cordial saludo.

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ANEXO I. DOCUMENTACIÓN DE APOYO SOBRE DISCREPANCIA ENTRE FUNCIONES FORMALMENTE ASIGNADAS Y FUNCIONES EFECTIVAMENTE DESEMPEÑADAS

A efectos de reforzar la presente solicitud, se aporta como documentación complementaria el correspondiente Certificado de Funciones, así como otros antecedentes acreditativos, con el fin de poner de manifiesto la discordancia existente entre la descripción genérica del puesto y la realidad funcional constatada en los centros educativos.

La documentación aportada refleja que el personal Auxiliar Administrativo encuadrado en el subgrupo C2 viene desarrollando, de forma continuada y estructural, tareas que presentan un contenido técnico, organizativo y procedimental propio de niveles superiores, especialmente en materia de gestión administrativa, tramitación de expedientes, utilización de aplicaciones específicas, validación de datos, atención especializada y colaboración en procesos que exigen un grado de autonomía y responsabilidad superior al inherente a un puesto meramente auxiliar.

Esta circunstancia pone de relieve que la clasificación formal del puesto no se corresponde con la carga real de trabajo ni con la complejidad de las funciones efectivamente desempeñadas. En consecuencia, la ausencia de un Manual de Funciones aprobado y de un descriptor de puesto claro agrava la ambigüedad de rol y contribuye a la exposición del personal a factores de riesgo psicosocial, entre ellos la sobrecarga cualitativa, el conflicto de rol, la incertidumbre funcional y la presión derivada de asumir tareas no delimitadas con precisión.

Por todo ello, la documentación que se acompaña no debe entenderse como una mera referencia descriptiva, sino como un elemento probatorio relevante que acredita la necesidad de intervenir desde el punto de vista preventivo, organizativo y de salud laboral, a fin de delimitar con claridad las funciones del puesto y evitar la consolidación de prácticas que desbordan su contenido profesional formal.

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ANEXO II. PROPUESTA DE DESCRIPTOR FUNCIONAL DEL PUESTO DE AUXILIAR ADMINISTRATIVO EN CENTROS EDUCATIVOS

Se incorpora, asimismo, una propuesta orientativa de descriptor funcional del puesto, elaborada con criterios de prevención de riesgos, claridad organizativa y delimitación competencial. Su finalidad es sustituir la indeterminación actual por una relación precisa de funciones, tareas, límites y factores de riesgo asociados al puesto.

Este modelo pone de manifiesto que un puesto correctamente definido debe distinguir entre tareas de ejecución, de apoyo y de gestión básica, excluyendo aquellas actuaciones que, por su contenido técnico, su nivel de responsabilidad o su complejidad procedimental, correspondan a categorías superiores.

Con ello se facilita no solo la ordenación interna del trabajo, sino también la prevención de riesgos psicosociales derivados de la ambigüedad de rol, la sobrecarga de funciones y la exigencia de desempeños no ajustados a la categoría profesional reconocida.

La idea clave es esta: el anexo no debe sonar a «opinión», sino a evidencia documental que refuerza la petición principal. Si quieres, puedo dejarte ahora el texto completo ya integrado dentro de tu escrito, con el anexo colocado en el sitio exacto y con formato final listo para registrar.

FICHA DESCRIPTIVA DE PUESTO DE TRABAJO (DPT) - AUXILIAR ADMINISTRATIVO C2

1. Identificación y misión del puesto
- Denominación: Auxiliar Administrativo C2 de Centro Educativo (IES/CP).
- Adscripción orgánica: Secretaría del centro / Consejería de Educación.
- Misión del puesto: Ejecutar tareas auxiliares de apoyo administrativo elemental, mecanización de datos y atención básica al público, bajo instrucciones directas y supervisión constante del superior jerárquico, ejecutadas siempre de forma simple, sin autonomía operativa y bajo supervisión directa, contribuyendo al funcionamiento básico del centro educativo sin asumir funciones de tramitación, gestión o responsabilidad técnica.

2. Funciones principales (ejecución simple y supervisada)
- Grabación mecánica de datos en plataformas corporativas según instrucciones recibidas (matrículas, listados básicos, actualizaciones simples).
- Registro de entrada y salida de documentación y correspondencia.
- Archivo, clasificación y custodia de documentos conforme a sistema preestablecido.
- Atención telefónica y presencial básica a familias y alumnado, derivando las consultas cuando proceda y utilizando exclusivamente la información previamente preparada y facilitada al Auxiliar Administrativo por sus superiores jerárquicos para el correcto desempeño de esta función.
- Reproducción, impresión y distribución de documentos administrativos, realizando esta última únicamente cuando así se le indique de forma expresa y fehaciente por su superior jerárquico.
- Introducción y actualización de datos simples en aplicaciones administrativas bajo supervisión directa.
- Suministro y control básico de material de oficina e inventario elemental (recepción, recuento simple, reposición), siempre siguiendo instrucciones expresas y realizando la tarea de suministro únicamente cuando haya sido autorizada y supervisada por su superior jerárquico, sin adoptar decisiones propias sobre necesidades, cantidades o criterios de distribución.
- Apoyo en tareas logísticas sencillas (preparación de sobres, etiquetado, ordenación de espacios documentales).

3. Tareas expresamente excluidas. Límites estrictos del puesto
Tareas que el Auxiliar Administrativo C2 no puede realizar:
- No tramitación autónoma ni seguimiento de expedientes administrativos.
- No preparación de borradores, informes, ni resoluciones o documentos con contenido procedimental.
- No gestión directa de procedimientos complejos (becas, títulos, escolarización, contratación, recursos, etc.).
- No resolución de incidencias técnicas, jurídicas o administrativas, ni consultas especializadas.
- No adopción de decisiones económicas ni control autónomo de inventario o compras.
- No custodia ni contabilización de fondos monetarios en efectivo, ni gestión de caja física, reservada exclusivamente a personal con autorización específica o complemento de quebranto de moneda, conforme al Decreto 60/2019 (artículo 13) de la Junta de Extremadura.
- No acceso o manipulación de datos sensibles sin supervisión.
- No realizará tareas que impliquen criterio técnico, responsabilidad administrativa o firma de documentos.
- Todas las tareas se realizan siguiendo instrucciones precisas del superior jerárquico.
Principio rector: todas las tareas se realizan bajo instrucciones precisas y supervisión constante del superior jerárquico.

Nota técnica: Este descriptor refleja el contenido básico propio de un puesto C2: tareas mecánicas, repetitivas y ejecutivas bajo supervisión directa. Delimita claramente las funciones de ejecución simple frente a las de gestión procedimental o responsabilidad técnica que corresponden a categorías superiores.

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ANEXO III. PRUEBAS DOCUMENTALES QUE SE APORTAN: DOC1 (SUMARIO), DOC2, DOC3 y DOC4, PARA SU INCORPORACIÓN A LA PRESENTE SOLICITUD

DOC1 (SUMARIO):
a) Que a los 275 Auxiliares Administrativos que prestamos nuestros servicios en IES e IESO para la Consejería de Educación de la Junta de Extremadura se nos vulnera nuestro derecho a la RETRIBUCIÓN correspondiente a las funciones que efectivamente desempeñamos. Pues es un evidente fraude laboral encomendar a un trabajador con menos cualificación la realización de funciones superiores con una retribución menor, como así acontece con a los Auxiliares Administrativos (Grupo C2) que realizan funciones de Administrativos (Grupo C1), con una menor retribución, en los citados centros de la Consejería de Educación y Empleo de la Junta de Extremadura; situación que vulnera además el principio a la igualdad y la no discriminación que consagra la Constitución Española, como así se establece en la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Canarias de 22 de julio de 2021 que suprime una categoría profesional por considerar que atenta contra el principio de igualdad, al existir dos categorías profesionales que realizan funciones de igual valor con salarios diferentes. Todo ello en la certidumbre por evidencia de que la Junta de Extremadura es conocedora que, además de este perfil de Administrativo (Grupo C1), los Auxiliares Administrativos (Grupo C2) cuentan con otros perfiles en Rayuela como el de Coordinador de Centro, Supervisión FSE o Inventario propios de Grupos profesionales A y B que comparten con los Equipos Directivos de los centros educativos, los Jefes de Departamento o Responsables de Tutoría. Funciones y tareas que se vienen realizando, por parte de los Auxiliares Administrativos (Grupo C2), de forma permanente en el tiempo desde el año 2006 en el que comienza su andadura la Plataforma Educativa Rayuela. La cual, y como también es conocedora la Junta de Extremadura, exclusivamente dispone del perfil de Administrativo (Grupo C1), pues el de Auxiliar Administrativo (Grupo C2) no existe en la citada plataforma a través de la cual realizan y registran la práctica totalidad de su actividad profesional.
b) Que, como se indica en el párrafo anterior, las labores que realizamos los 275 Auxiliares Administrativos que prestan servicios en IES e IESO para la Consejería de Educación de la Junta de Extremadura, son en atención al ANEXO III de Definición de funciones y competencias de las Categorías Profesionales del V Convenio Colectivo para el personal laboral al servicio de la Junta de Extremadura, íntegramente las de Administrativo/a y no las de Auxiliar de Administración; así como en atención al Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, de la ley del Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP), las funciones que realizamos los 275 Auxiliares Administrativos que prestan servicios en IES e IESO para la Consejería de Educación de la Junta de Extremadura, son íntegramente las de los funcionarios del grupo C1 (Administrativo/a) y no las de los funcionarios del grupo C2 (Auxiliar de Administración).
c) Que en el Directorio de la Junta de Extremadura, se adjunta enlace web, encontrarán el listado de Institutos de Enseñanza Secundaria (IES e IESO) de la Consejería de Educación y Empleo de la institución regional con denominación, dirección y teléfonos de contacto por si desean comprobar lo que en el expone se les da a conocer:
https://ciudadano.gobex.es/directorio 

DOC2.- El documento incluye los perfiles de Rayuela a través de los cuales gestiono y desempeño el trabajo que, en el IES de la Consejería de Educación de la Junta de Extremadura en el que presto mis servicios, tengo encomendado:
Página 1.- Perfil Administrativo: Junto a mi nombre aparece claramente ADMINISTRATIVO. El número del centro y su denominación.
Página 2.- Perfil Responsable de Centro: 6 Responsables de centro (Equipo Directivo y Secretaría), entre las que me encuentro.
Página 3.- Perfil Inventario: Propio de Grupos profesionales A y B y que también gestiono.
Página 4.- Perfil Secretaría: Del que se les hace llegar, junto con otros perfiles, manual de procesos y competencias.
Página 5.- Perfil Servicio de Apoyo: Como encargado puedo presentar solicitud en nombre de la persona interesada o de su representante.
https://drive.google.com/file/d/1MIvgJ9ItoXcOZETGnKoouqsKMaX9RrnI/view?usp=sharing 

DOC3.- Documento de las Certificaciones Acreditativas en Gestión Administrativa de quién la presente suscribe:
Experiencia en Gestión Administrativa que me fue acreditada como requisito y/o mérito para la convocatoria de provisión de puestos de trabajo singularizados (de estructura), en concreto Jefaturas de Negociado que también ocupan Administrativos, mediante Orden del Consejero de Hacienda y Administración Pública de 20 de mayo de 2015 (D.O.E. núm. 97, de 22 de mayo).
Experiencia en Gestión Administrativa acreditada en las siguientes Consejerías:
Consejería de Sanidad y Políticas Sociales, Consejería de Medio Ambiente y Rural, Políticas Agrarias y Transportes y Consejería de Educación y Empleo.
https://drive.google.com/file/d/1-Okvm9tTZlU8ClZmbMmMA3C0SkgRF8Mc/view?usp=sharing 

DOC4.- Documento denominado Consulta superior categoría formulada a los representantes sindicales en el año 2020, así como los 21 Manuales, Guías y Perfiles en los que consta parte del trabajo que se realiza en un instituto de enseñanza secundaria con el perfil de Administrativo y que llevan a cabo, en claro faude de ley, los Auxiliares Administrativos (Grupo C2) que realizan funciones de Administrativos (Grupo C1) en IES e IESO para la Consejería de Educación y Empleo de la Junta de Extremadura:
a) Consulta superior categoría formulada a los representantes sindicales en el año 2020
https://drive.google.com/file/d/114ANanRFndzFOF5Kb8uSKmrU5iGJQYiT/view?usp=sharing 
b) Menú de la Aplicación para el Perfil Administración
https://drive.google.com/file/d/1d3xu2ViH17XsVTGEW2yobX1NVz6vK2w5/view?usp=sharing 
c) Perfil Rayuela Responsable de Centro
https://drive.google.com/file/d/1kLwCBGsHnIjDSJ3O2lFxUkH4d7z5CFXd/view?usp=sharing 
d) Manual Responsable de Centro
https://drive.google.com/file/d/18Cp2hGWEGYRMOAOgk04Uf5g9nQckO7BG/view?usp=sharing 
e) Perfil Secretaría
https://drive.google.com/file/d/1soajoLFu0QwrmU3WggA_VHp2d7HWP_Nc/view?usp=sharing 
f) Matriculación
https://drive.google.com/file/d/1JHLrX3uw7ObHlkcKoV5oVG5LtmGKPPkm/view?usp=sharing 
g) Registro de Entrada/Salida de documentos en el centro
https://drive.google.com/file/d/12dQqMgH07GpE_-Og9wCBd1jaMpKYMKm5/view?usp=sharing 
h) Guia Revision de la Documentacion Solicitudes CCFF
https://drive.google.com/file/d/1n5LnQaEzFMh1CpTzJHhq8LsjdDTNo_sC/view?usp=sharing 
i) Personal no docente del centro
https://drive.google.com/file/d/1wGYRY4SaAcLrbLChvlnhyqhdAbYfLggx/view?usp=sharing 
j) Personal docente del centro
https://drive.google.com/file/d/1IeBI8zASEqAozko9rK8SKdBm1P4ysp28/view?usp=sharing 
k) Gestión de Titulos
https://drive.google.com/file/d/13KDP21pLquNCVzBiN9SE7wHr-AXoApLI/view?usp=sharing 
l) Ficha del alumnado
https://drive.google.com/file/d/1P-TH6C6lYBYHvFBOlVkVUD4Vl_UQVHTr/view?usp=sharing 
m) Guia nueva busqueda alumnado
https://drive.google.com/file/d/1UpIjqB3zrsp58hKcJlb300-H82q22UuY/view?usp=sharing 
n) Gestion de recursos materiales (portatiles)
https://drive.google.com/file/d/1NdJ_a8Ji83NMBVnY0muTDI5U_WkghG6A/view?usp=sharing 
ñ) Gestión de inventario
https://drive.google.com/file/d/1il_TrXu846Pmm07WMl4OeE2fgCMKN73W/view?usp=sharing 
o) Proceso de Escolarización en los Ciclos Formativos
https://drive.google.com/file/d/1gtUwI2zqJYgft6NDpP92l0LDY2FPyJd9/view?usp=sharing 
p) Escolarización. Proceso ordinario
https://drive.google.com/file/d/1LArhzP_vsc9t4N5kczPP-dGyna18K_b0/view?usp=sharing 
q) Ayudas técnicas
https://drive.google.com/file/d/1vbvkuW5vJiVs5Xn4zc8xzPOkOTCIXihW/view?usp=sharing 
r) Ayuda al estudio
https://drive.google.com/file/d/1tyENLpfE-ipqqb5j6gn92AkbVCbsMcFc/view?usp=sharing 
s) Ausencias del profesorado
https://drive.google.com/file/d/1WXkMuBpkFMrN9SbY6M7zWnbY3cUSQBhU/view?usp=sharing 
t) Alumnado, Familias y Tutores Legales
https://drive.google.com/file/d/1Yb36aMdZLzt6JjHijYreC9NxU0y49aVe/view?usp=sharing 
u) Escolarización. Adscripción del alumnado
https://drive.google.com/file/d/1-S-QO22zM52b7eAA_Xm2iEfISksoqbu2/view?usp=sharing 

Cabe señalar que esta documentación se ha remitido de forma insistente en múltiples ocasiones, desde el año 2022, a los diferentes responsables de Función Pública de la Junta de Extremadura. Estas comunicaciones se realizaron a través de las oficinas de registro, y algunos de sus números de solicitud pueden consultarse en los siguientes enlaces:

* https://reclasificacionauxiliaresya.blogspot.com/2022/11/solicitud-para-que-investiguen-el-por.html 
* https://reclasificacionauxiliaresya.blogspot.com/2022/12/solicitud-para-que-se-inste-la.html 

Como ejemplo, en este último documento se hace constar literalmente lo siguiente:

«Desde el mes de enero hasta diciembre de 2022, se han registrado 26 solicitudes de información pública a través del Portal de Transparencia y Participación Ciudadana de la Junta de Extremadura, dirigidas a la Consejería de Hacienda y Administración Pública (números de solicitud: SOL-2022/19, 21, 23, 24, 25, 30, 33, 34, 68, 78, 246, 247, 248, 255, 258, 274, 276, 281, 283, 285, 287, 290, 291, 292, 297 y 305). En todas ellas se expone la realización sostenida de labores de superior categoría y se solicita tanto la retribución correspondiente a las funciones efectivamente desempeñadas como la reclasificación al Grupo C1 (se adjunta como DOC. 5)».

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REGAGE26e00036287897, REGAGE26e00036287777, REGAGE26e00036287684, REGAGE26e00036287514 y REGAGE26e00036287356

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