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Solicitud al SSPRL de intervención y evaluación de riesgos psicosociales por carencia de Manual de Funciones y flexibilidad funcional (Expte. 3020/2025)



A LA ATENCIÓN DEL SERVICIO DE SALUD Y PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES

Destinatarios principales:
- Servicio de Salud y Prevención de Riesgos Laborales de la Junta de Extremadura (SSPRL) (Unidad: A11005281)
- Servicio de Salud y Riesgos Laborales en Centros Educativos (Unidad: A11030047) 

Copia informativa (para su conocimiento y efectos oportunos):
- Secretaría General de la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional (Unidad: A11044897)
- Dirección General de Función Pública (Unidad: A11016190)
- Organizaciones Sindicales de la Mesa Sectorial (CSIF, UGT, CCOO, USO y SGTEX) (Unidad: A11006755)

ASUNTO: Solicitud de intervención y evaluación de riesgos psicosociales ante la carencia de Manual de Funciones y la aplicación de cláusulas de «flexibilidad funcional» en el Expte. 3020/2025.

EXPONGO:

I. Antecedentes y situación de riesgo:

La Resolución del Expediente 3020/2025, de 18/03/2026, confirma la inexistencia de un Manual de Funciones aprobado para el personal Auxiliar Administrativo C2 en la Junta de Extremadura. Esta ausencia normativa se está cubriendo mediante una interpretación extensiva de la denominada «flexibilidad funcional», que en la práctica está provocando una asignación habitual y continuada de tareas que exceden las funciones propias del subgrupo C2, con especial incidencia en centros educativos.

Esta situación no solo genera incertidumbre sobre el contenido real del puesto, sino también una sobrecarga cualitativa y una exposición sostenida a conflictos de rol, al exigirse al personal auxiliar la realización de cometidos que requieren mayor autonomía, mayor nivel de responsabilidad, mayor complejidad técnica y, en muchos casos, manejo de procedimientos propios del subgrupo C1.

II. Contraste de modelos y realidad funcional:

Mientras otras Administraciones públicas identifican con claridad el contenido del puesto mediante descriptores funcionales, delimitando tareas, responsabilidades, límites competenciales y niveles de autonomía, en la Junta de Extremadura persiste una indeterminación funcional que termina trasladando al trabajador la carga de asumir funciones no definidas formalmente, pero sí exigidas en la práctica.

En un modelo moderno y preventivo, un descriptor de puesto no se limita a enumerar tareas genéricas, sino que concreta con precisión qué actividades forman parte del puesto, cuáles quedan excluidas y qué nivel de responsabilidad se exige. En cambio, en la realidad actual de numerosos centros educativos de la Junta de Extremadura, el personal Auxiliar Administrativo C2 viene desarrollando de forma continuada tareas como las siguientes, entre otras:

- Tramitación ordinaria y seguimiento de expedientes administrativos.
- Gestión de documentación con incidencia en procedimientos de matrícula, escolarización, ayudas, becas y títulos.
- Registro, control y verificación de entradas y salidas documentales, tanto presenciales como electrónicas.
- Introducción, actualización y tratamiento de datos en aplicaciones de gestión académica y administrativa.
- Atención al público con resolución de incidencias, información especializada y orientación procedimental.
- Preparación de borradores, listados, relaciones, comunicaciones internas y documentación de apoyo para la dirección y para otras unidades del centro.
- Colaboración en tareas de gestión económica básica, inventario, material, incidencias y control administrativo del funcionamiento del centro.
- Apoyo continuado a órganos directivos y a responsables de procesos administrativos que exigen criterio técnico, dominio de procedimientos y asunción de responsabilidad operativa.

A continuación, se expone el contraste entre un modelo preventivo ideal y la realidad funcional observada:

En la definición de tareas, un modelo de buenas prácticas identifica con claridad funciones auxiliares, repetitivas y de mera ejecución, mientras que en la realidad de la Junta de Extremadura se asignan tareas administrativas complejas, cambiantes y sin delimitación formal.

Respecto a los límites de categoría, el modelo excluye expresamente gestiones técnicas, tramitación compleja y preparación de documentación con relevancia administrativa, frente a la práctica habitual de actuaciones de tramitación y apoyo técnico-administrativo propias de nivel superior.

En cuanto al nivel de responsabilidad, el modelo limita las tareas a apoyo y ejecución bajo instrucciones precisas, mientras que la realidad exige autonomía práctica y resolución de incidencias operativas diarias.

Sobre la carga mental, el modelo contempla un volumen compatible con un puesto definido y estable, no la sobrecarga cualitativa por acumulación de funciones diversas y simultáneas que se observa actualmente.

Finalmente, en prevención psicosocial, el modelo delimita el rol para evitar ambigüedad y saturación, frente a la ambigüedad permanente sobre el alcance real de las funciones y responsabilidades del puesto.

III. Argumentación técnica para la intervención del SSPRL:

La Ley 31/1995, de Prevención de Riesgos Laborales, obliga a la Administración a evaluar no solo los riesgos físicos, sino también los derivados de la organización del trabajo, incluyendo la carga mental, el conflicto de rol, la ambigüedad funcional y la presión generada por la asunción continuada de tareas no adecuadas al puesto.

Cuando un Auxiliar Administrativo C2 realiza de forma estructural funciones que en la práctica se corresponden con tareas de gestión administrativa más compleja, el problema deja de ser organizativo y pasa a ser también preventivo y psicosocial. La falta de delimitación funcional favorece el estrés sostenido, la sensación de desbordamiento, la inseguridad profesional y la imposibilidad de anticipar el alcance real del trabajo diario.

Por ello, la utilización de cláusulas de «flexibilidad funcional» indeterminadas no puede operar como un cheque en blanco para trasladar al personal C2 tareas que exigen una cualificación funcional superior, especialmente cuando esa realidad ya ha sido acreditada documentalmente y se mantiene de forma prolongada en el tiempo.

SOLICITO:

1. La elaboración inmediata de un Descriptor de Puesto de Trabajo para la categoría de Auxiliar Administrativo en centros educativos que defina con precisión las funciones efectivamente exigibles, establezca límites claros y excluya de forma expresa las tareas de gestión, tramitación compleja y responsabilidad técnica propias de categorías superiores.

2. La realización de una Evaluación de Riesgos Psicosociales específica en los centros educativos afectados, con especial atención al conflicto y a la ambigüedad de rol, la sobrecarga cualitativa, la presión por multitarea y la exposición continuada a funciones no adecuadas a la categoría formal.

3. La revisión y limitación de las cláusulas de «flexibilidad funcional» cuando su uso genere indeterminación funcional, sobreasignación de tareas o desplazamiento sistemático de funciones propias de otra categoría profesional.

4. Que tenga por reproducido en este solicita todo aquello que en el expone se manifiesta en los ANEXOS que se acompañan, en especial las PRUEBAS DOCUMENTALES que se aportan como DOC1 (SUMARIO), DOC2, DOC3 y DOC4, para su incorporación a la presente solicitud.

En espera de su respuesta, reciban un cordial saludo.


REGAGE26e00036287897, REGAGE26e00036287777, REGAGE26e00036287684, REGAGE26e00036287514 y REGAGE26e00036287356

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