A/A Director General de Función Pública
Avenida Valhondo, s/n.
Edificio Mérida III Milenio,
Módulo 1, 1ª Planta
06800 - Mérida
Fecha: 21/05/2024
Asunto: Solicitud para que la Dirección General de Función Pública, así como la Mesa General de Negociación para Empleados Públicos de la Comunidad Autónoma de Extremadura y la Mesa de Negociación de los Empleados Públicos de la Administración General de la Junta de Extremadura, regulen adecuadamente, en esta legislatura, el TELETRABAJO y las COMISIONES DE SERVICIO.
Quien la presente suscribe ante Usted comparece y, como mejor proceda en derecho, por medio de la presente petición SOLICITA:
A) TELETRABAJO
1.- Que el teletrabajo ha de ser un derecho de los trabajadores y no el privilegio de unos pocos.
2.- Que los puestos, tanto teletrabajables como los que no sean teletrabajables, vengan así indicados en la RPT.
3.- Que el Teletrabajo es conciliación y la conciliación al final es dinero para cuidar a nuestros familiares, por lo tanto los puestos indicados en la RPT como NO TELETRABAJABLES deberán llevar un complemento económico para suplir la conciliación de los que sí son teletrabajables. Pues el teletrabajo reporta beneficios para los empleados públicos que trabajan desde casa, los cuales incluyen flexibilidad laboral, mejora en la calidad de vida, bienestar y salud, así como ahorro económico.
4.- Que el teletrabajo, para un departamento en que todos sus puestos sean teletrabajables, se hará por turnos de un año y hasta que todos sus trabajadores puedan disfrutar de ese derecho; en tanto que todos los trabajadores no lo hayan disfrutado no se iniciará un nuevo ciclo de turnos.
5.- Que, para evitar el clientelismo y el favoritismo, el derecho del disfrute del teletrabajo por parte de los empleados públicos no estará a la discreción del Jefe de Servicio o Autoridad del Departamento correspondiente, el cual únicamente se limitará a organizar los turnos de este ejercicio entre los trabajadores que tuviese adscritos. El derecho del disfrute del teletrabajo se llevará a cabo a través de una Comisión Mixta con participación paritaria Administración-Sindicatos y claros criterios objetivos y no discriminatorios que faciliten una valoración equitativa de los solicitantes.
6.- Que los únicos criterios de prelación/preferencia en el teletrabajo, que como hemos indicado debe de regularse mejor, con criterios objetivos y no discriminatorios que faciliten una valoración equitativa de los solicitantes por parte de la Junta de Extremadura, han de ser requisitos como hijos menores, necesidades especiales; o por edad del empleado público. Siguiendo en esta circunstancia el ejemplo de los docentes que ven reducida su jornada laboral a partir de los 60 años.
B) COMISIONES DE SERVICIO
1.- Que el procedimiento de asignación de las Comisiones de Servicio ha de ser modificado por uno más transparente, objetivo, no discriminatorio y equitativo. El sistema de comisión de servicios ha de ser ajustado a los principios de igualdad, mérito, capacidad y verdadera concurrencia competitiva. No es suficiente cumplir a medias con el principio de publicidad como actualmente ocurre.
2.- Que el procedimiento actual es, además, muy farragoso: "La Secretaría General, Organismo Autónomo o Entidad ofertante, solicitará la publicación en el apartado “Puesto de Trabajo” subapartado “Comisiones de Servicio” de la parte pública del Portal del Empleado Público, del anuncio del puesto a cubrir mediante comisión de servicios y las características generales del mismo de acuerdo con la descripción contenida en la relación de puestos de trabajo de personal funcionario. A partir de este momento, el personal funcionario de carrera dispondrá de cinco (5) días hábiles para solicitar cobertura provisional del puesto de trabajo ofertado mediante comisión de servicios, desde el día siguiente a la publicación del referido anuncio. Dicha solicitud, una vez cumplimentada deberá ser presentada en cualquiera de las oficinas integradas en el Sistema de Registro Único de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura establecido en el Decreto 257/2009, de 18 de diciembre, o por cualquiera de las formas previstas en el artículo 16, apartado 4, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas."
3.- Que cualquier empleado público interesado en una Comisión de Servicio emplea muchísimo tiempo en ver las Ofertas en Plazo (60 esta semana), pues hay que descargar documentos en PDF de la parte pública del Portal del Empleado Público. Además, de ese tiempo emplea otro de igual duración en cumplimentar solicitudes que luego no llegan a buen fin, pues la imparcialidad no está objetivamente garantizada; al menos no consta en ninguna parte, de forma verificable, que así sea.
4.- Que con los avances tecnológicos actuales con los que cuenta la Junta de Extremadura y en plena era de la inteligencia artificial, no se entienden este tipo de procedimientos farragosos y burocráticos. Lo suyo sería que todo empleado público interesado presentara una solicitud con sus preferencias de puesto y localidad y, a través de su correo electrónico corporativo de la Junta de Extremadura (email corporativo que todo empleado público de la institución regional debería de tener) ser informado de aquellas ofertas que se ajusten a sus preferencias. Ofertas que podrían ser activadas desde el propio email con un simple clic (click).
Le SOLICITO formalmente que considere esta petición, la admita y me proporcione una respuesta expresa y clara a las dos propuestas planteadas en la misma: TELETRABAJO y las COMISIONES DE SERVICIO. Esto incluye tanto la Dirección General de Función Pública como la Mesa General de Negociación para Empleados Públicos de la Comunidad Autónoma de Extremadura y la Mesa de Negociación de los Empleados Públicos de la Administración General de la Junta de Extremadura. Y en especial respondiendo a la siguiente pregunta: ¿Serán abordadas y reguladas adecuadamente estas dos cuestiones (TELETRABAJO y las COMISIONES DE SERVICIO) en esta legislatura, mediante mecanismos participados y participativos, calendarizados, temporalizados, transparentes, imparciales, equitativos, con concurrencia competitiva y no discriminatorios?
Nota: Ya sabe que me encuentro a su entera disposición para brindarles todo el apoyo necesario en el ámbito del asesoramiento. Con una sólida experiencia y compromiso, ofrezco mi colaboración para contribuir al éxito de sus iniciativas. Estoy dispuesto a compartir mis conocimientos, habilidades y recursos para asistirlos en cualquier proyecto o desafío que enfrenten. Mi objetivo es ser un recurso valioso para su equipo, aportando soluciones efectivas y un enfoque proactivo. Quedo a su disposición para coordinar cualquier acción que requieran. ¡Juntos podemos lograr grandes resultados!
Agradezco su atención a esta solicitud y quedo a la espera de su respuesta. Asimismo, espero con interés sus indicaciones para poder colaborar con ustedes si lo consideran oportuno.
Reciba un cordial saludo.
Avenida Valhondo, s/n.
Edificio Mérida III Milenio,
Módulo 1, 1ª Planta
06800 - Mérida
Fecha: 21/05/2024
Asunto: Solicitud para que la Dirección General de Función Pública, así como la Mesa General de Negociación para Empleados Públicos de la Comunidad Autónoma de Extremadura y la Mesa de Negociación de los Empleados Públicos de la Administración General de la Junta de Extremadura, regulen adecuadamente, en esta legislatura, el TELETRABAJO y las COMISIONES DE SERVICIO.
Quien la presente suscribe ante Usted comparece y, como mejor proceda en derecho, por medio de la presente petición SOLICITA:
A) TELETRABAJO
1.- Que el teletrabajo ha de ser un derecho de los trabajadores y no el privilegio de unos pocos.
2.- Que los puestos, tanto teletrabajables como los que no sean teletrabajables, vengan así indicados en la RPT.
3.- Que el Teletrabajo es conciliación y la conciliación al final es dinero para cuidar a nuestros familiares, por lo tanto los puestos indicados en la RPT como NO TELETRABAJABLES deberán llevar un complemento económico para suplir la conciliación de los que sí son teletrabajables. Pues el teletrabajo reporta beneficios para los empleados públicos que trabajan desde casa, los cuales incluyen flexibilidad laboral, mejora en la calidad de vida, bienestar y salud, así como ahorro económico.
4.- Que el teletrabajo, para un departamento en que todos sus puestos sean teletrabajables, se hará por turnos de un año y hasta que todos sus trabajadores puedan disfrutar de ese derecho; en tanto que todos los trabajadores no lo hayan disfrutado no se iniciará un nuevo ciclo de turnos.
5.- Que, para evitar el clientelismo y el favoritismo, el derecho del disfrute del teletrabajo por parte de los empleados públicos no estará a la discreción del Jefe de Servicio o Autoridad del Departamento correspondiente, el cual únicamente se limitará a organizar los turnos de este ejercicio entre los trabajadores que tuviese adscritos. El derecho del disfrute del teletrabajo se llevará a cabo a través de una Comisión Mixta con participación paritaria Administración-Sindicatos y claros criterios objetivos y no discriminatorios que faciliten una valoración equitativa de los solicitantes.
6.- Que los únicos criterios de prelación/preferencia en el teletrabajo, que como hemos indicado debe de regularse mejor, con criterios objetivos y no discriminatorios que faciliten una valoración equitativa de los solicitantes por parte de la Junta de Extremadura, han de ser requisitos como hijos menores, necesidades especiales; o por edad del empleado público. Siguiendo en esta circunstancia el ejemplo de los docentes que ven reducida su jornada laboral a partir de los 60 años.
B) COMISIONES DE SERVICIO
1.- Que el procedimiento de asignación de las Comisiones de Servicio ha de ser modificado por uno más transparente, objetivo, no discriminatorio y equitativo. El sistema de comisión de servicios ha de ser ajustado a los principios de igualdad, mérito, capacidad y verdadera concurrencia competitiva. No es suficiente cumplir a medias con el principio de publicidad como actualmente ocurre.
2.- Que el procedimiento actual es, además, muy farragoso: "La Secretaría General, Organismo Autónomo o Entidad ofertante, solicitará la publicación en el apartado “Puesto de Trabajo” subapartado “Comisiones de Servicio” de la parte pública del Portal del Empleado Público, del anuncio del puesto a cubrir mediante comisión de servicios y las características generales del mismo de acuerdo con la descripción contenida en la relación de puestos de trabajo de personal funcionario. A partir de este momento, el personal funcionario de carrera dispondrá de cinco (5) días hábiles para solicitar cobertura provisional del puesto de trabajo ofertado mediante comisión de servicios, desde el día siguiente a la publicación del referido anuncio. Dicha solicitud, una vez cumplimentada deberá ser presentada en cualquiera de las oficinas integradas en el Sistema de Registro Único de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura establecido en el Decreto 257/2009, de 18 de diciembre, o por cualquiera de las formas previstas en el artículo 16, apartado 4, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas."
3.- Que cualquier empleado público interesado en una Comisión de Servicio emplea muchísimo tiempo en ver las Ofertas en Plazo (60 esta semana), pues hay que descargar documentos en PDF de la parte pública del Portal del Empleado Público. Además, de ese tiempo emplea otro de igual duración en cumplimentar solicitudes que luego no llegan a buen fin, pues la imparcialidad no está objetivamente garantizada; al menos no consta en ninguna parte, de forma verificable, que así sea.
4.- Que con los avances tecnológicos actuales con los que cuenta la Junta de Extremadura y en plena era de la inteligencia artificial, no se entienden este tipo de procedimientos farragosos y burocráticos. Lo suyo sería que todo empleado público interesado presentara una solicitud con sus preferencias de puesto y localidad y, a través de su correo electrónico corporativo de la Junta de Extremadura (email corporativo que todo empleado público de la institución regional debería de tener) ser informado de aquellas ofertas que se ajusten a sus preferencias. Ofertas que podrían ser activadas desde el propio email con un simple clic (click).
Le SOLICITO formalmente que considere esta petición, la admita y me proporcione una respuesta expresa y clara a las dos propuestas planteadas en la misma: TELETRABAJO y las COMISIONES DE SERVICIO. Esto incluye tanto la Dirección General de Función Pública como la Mesa General de Negociación para Empleados Públicos de la Comunidad Autónoma de Extremadura y la Mesa de Negociación de los Empleados Públicos de la Administración General de la Junta de Extremadura. Y en especial respondiendo a la siguiente pregunta: ¿Serán abordadas y reguladas adecuadamente estas dos cuestiones (TELETRABAJO y las COMISIONES DE SERVICIO) en esta legislatura, mediante mecanismos participados y participativos, calendarizados, temporalizados, transparentes, imparciales, equitativos, con concurrencia competitiva y no discriminatorios?
Nota: Ya sabe que me encuentro a su entera disposición para brindarles todo el apoyo necesario en el ámbito del asesoramiento. Con una sólida experiencia y compromiso, ofrezco mi colaboración para contribuir al éxito de sus iniciativas. Estoy dispuesto a compartir mis conocimientos, habilidades y recursos para asistirlos en cualquier proyecto o desafío que enfrenten. Mi objetivo es ser un recurso valioso para su equipo, aportando soluciones efectivas y un enfoque proactivo. Quedo a su disposición para coordinar cualquier acción que requieran. ¡Juntos podemos lograr grandes resultados!
Agradezco su atención a esta solicitud y quedo a la espera de su respuesta. Asimismo, espero con interés sus indicaciones para poder colaborar con ustedes si lo consideran oportuno.
Reciba un cordial saludo.