Teletrabajo: Un Derecho para Todos. Reiteración de la solicitud para regular adecuadamente el TELETRABAJO en esta legislatura
A/A Director General de Función Pública y Presidente de la Mesa Sectorial de Negociación de la Administración General (A11016190); así como de los sindicatos con representación en las diferentes Mesas de Negociación de la Junta de Extremadura, Comités de Empresa y Juntas de Personal
Fecha: 01/03/2025
Asunto: Teletrabajo: Un Derecho para Todos. Reiteración de la solicitud para regular adecuadamente el TELETRABAJO en esta legislatura.
Estimado Director General de Función Pública de Extremadura:
Me dirijo a usted para reiterar la solicitud de fecha 21/05/2024 y número de registro REGAGE24e00037140815 para que regulen adecuadamente, en esta legislatura, el TELETRABAJO.
EXPONE:
Que se nos está haciendo llegar desde los sindicatos con representación en la Junta de Extremadura información sobre la publicación del borrador del nuevo Decreto de Teletrabajo en el Portal de Transparencia. Se nos insta a enviar sugerencias con el objeto de mejorar la regulación del teletrabajo en la Administración regional. Como usted conoce, el pasado 21/05/2024, con número de registro REGAGE24e00037140815, se le hizo llegar una batería de propuestas para que regulen adecuadamente, en esta legislatura, el TELETRABAJO. Las cuales le reitero para que las tengan en cuenta en el nuevo Decreto que apruebe la institución regional regulador del Teletrabajo.
Que el teletrabajo debe ser reconocido como un derecho de los trabajadores públicos, y no como un privilegio para unos pocos. Es fundamental que los puestos sean clasificados como teletrabajables o no en la Relación de Puestos de Trabajo (RPT), y que aquellos que no lo sean reciban un complemento económico para compensar la falta de conciliación laboral. Además, se propone que el teletrabajo se realice por turnos para garantizar que todos los trabajadores puedan disfrutar de este derecho.
Por todo ello, quien suscribe la presente comparece ante Usted y, como mejor proceda en derecho, por medio de esta petición SOLICITA:
1.- Que el teletrabajo ha de ser un derecho de los trabajadores y no el privilegio de unos pocos.
2.- Que los puestos, tanto teletrabajables como los que no sean teletrabajables, vengan así indicados en la RPT.
3.- Que el Teletrabajo es conciliación y la conciliación al final es dinero para cuidar a nuestros familiares, por lo tanto los puestos indicados en la RPT como NO TELETRABAJABLES deberán llevar un complemento económico para suplir la conciliación de los que sí son teletrabajables. Pues el teletrabajo reporta beneficios para los empleados públicos que trabajan desde casa, los cuales incluyen flexibilidad laboral, mejora en la calidad de vida, bienestar y salud, así como ahorro económico.
4.- Que el teletrabajo, para un departamento en que todos sus puestos sean teletrabajables, se hará por turnos de un año y hasta que todos sus trabajadores puedan disfrutar de ese derecho; en tanto que todos los trabajadores no lo hayan disfrutado no se iniciará un nuevo ciclo de turnos.
5.- Que, para evitar el clientelismo y el favoritismo, el derecho del disfrute del teletrabajo por parte de los empleados públicos no estará a la discreción del Jefe de Servicio o Autoridad del Departamento correspondiente, el cual únicamente se limitará a organizar los turnos de este ejercicio entre los trabajadores que tuviese adscritos. El derecho del disfrute del teletrabajo se llevará a cabo a través de una Comisión Mixta con participación paritaria Administración-Sindicatos y claros criterios objetivos y no discriminatorios que faciliten una valoración equitativa de los solicitantes.
6.- Que los únicos criterios de prelación/preferencia en el teletrabajo, que como hemos indicado debe regularse mejor, con criterios objetivos y no discriminatorios que faciliten una valoración equitativa de los solicitantes por parte de la Junta de Extremadura, han de ser requisitos como hijos menores, necesidades especiales; o por edad del empleado público. Siguiendo en esta circunstancia el ejemplo de los docentes que ven reducida su jornada laboral a partir de los 60 años.
7.- Que esta comunicación sea trasladada a los sindicatos con representación en las Mesas de Negociación de la Junta de Extremadura, Juntas de Personal y Comités de Empresa. Conforme a la Ley 39/2015, la Junta de Extremadura debe tramitar y trasladar estas comunicaciones cuando se presentan formalmente. Como Director General de Función Pública y Presidente de la Mesa Sectorial de Negociación de la Administración General, le corresponde garantizar la transparencia y comunicación efectiva en el marco de las relaciones laborales y administrativas.
En espera de su pronta respuesta, reciba un cordial saludo.
Atentamente,