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La Junta de Extremadura vuelve a faltar a la verdad


Procedimiento de sugerencia a través del sitio web Sede Electrónica que la Junta de Extremadura pone a disposición de la ciudadanía en Internet
A/A Secretario General de la Consejería de Educación y Empleo
https://sede.gobex.es/SEDE/quejasSugerencias/quejasSugerencias.jsf


Fecha: 13 de abril de 2022

Asunto: Sugerencia al Secretario General de la Consejería de Educación y Empleo para que insten a la Consejería competente en materia de función pública de la Junta de Extremadura a iniciar, sin más demoras, un proceso para la Promoción en el Puesto de Trabajo de los Auxiliares Administrativos (Subgrupo C2) en Administrativos (Subgrupo C1) a través de un curso selectivo.

Quien la presente suscribe ante Usted comparece y, como mejor proceda en derecho, por medio de la presente sugerencia expone:

A) Que voy a responder, al Informe que me hace llegar el Secretario General de la Consejería de Educación y Empleo a través de la Comisión de Peticiones de la Asamblea de Extremadura, mediante el procedimiento de SUGERENCIA que la Junta de Extremadura, a través del sitio web Sede Electrónica, pone a disposición de la ciudadanía en Internet.

B) Que el Secretario General de la Consejería de Educación y Empleo de la Junta de Extremadura, al realizar aseveraciones o comentarios de los que se sabe que no son ciertos, falta a la verdad. En concreto los siguientes:

1.- Se falta a la verdad cuando se afirma en el Informe que "los requerimientos funcionales" de los Auxiliares Administrativos (Grupo C2) son "básicamente los mismos entonces (año 2000) que ahora", pues, hablando de forma rigurosa y técnica, los requerimientos funcionales son las definiciones y descripciones de los servicios que se prestan y cómo se prestan; y, obviamente, mucho han cambiado las cosas en lo administrativo tras 5 leyes educativas que se suceden desde la época en que la Junta de Extremadura asumió las competencias de educación (LOPEG, LOCE, LOE, LOMCE y LOMLOE), como también mucho han cambiado las cosas en lo administrativo de un tiempo en que las tareas se hacían todas en soporte papel, con un dispositivo mecánico funcional como era la máquina de escribir, a cómo se hacen hoy con ordenador conectado a Internet. En ese año 2000 ni siquiera existía la Plataforma Educativa Rayuela, la cual inicia su andadura experimental en el año 2006, siendo el año 2010 cuando se anuncia públicamente con el siguiente titular de prensa: "La plataforma educativa 'Rayuela', puesta en marcha por la Junta de Extremadura, cuenta con 2,9 millones de euros para el mantenimiento de sus servicios, así como para la asistencia, mejora y ampliación de sus funcionalidades.". A lo cual añadía el propio Ejecutivo autonómico en nota de prensa: "Asimismo, explica que 'Rayuela' es una plataforma educativa que permite la 'completa' gestión académica y administrativa de los centros educativos y ofrece servicios de seguimiento educativo a las familias con hijos escolarizados y de teletramitación a los ciudadanos en general a través de su secretaría virtual. El objetivo de la Consejería de Educación, que comenzó a desarrollar esta plataforma en el 2006, es 'mantener actualizada Rayuela para seguir prestando la adecuada atención a los usuarios y completar el sistema con nuevos módulos y funcionalidades que permitan aumentar la oferta de servicios que faciliten la labor de gestión de los centros, el seguimiento educativo por parte de las familias y la teletramitación de nuevos procedimientos'.". A esta completa gestión administrativa que incluye teletramitación y que es completada con nuevos módulos y funcionalidades, se suma que Rayuela sustenta la "práctica totalidad" de los procedimientos administrativos llevados a cabo en los más de 800 centros educativos extremeños, así como que "entre los procesos 'muy diferentes y sensibles' que gestiona figuran la escolarización del alumnado, la matriculación, las calificaciones, faltas de asistencia, pruebas de acceso a ciclos formativos, becas y ayudas de estudio, programas de refuerzo, transporte escolar, gestión de las pruebas generales de diagnóstico, comunicación con las familias, etcétera.". En resumen, desde el año 2000 al 2022, sí se ha alterado el perfil funcional originario o previo al traspaso, así como las tareas administrativas que se realizan en los centros educativos, especialmente en lo que se refiere a nivel de responsabilidad, destrezas o capacidades requeridas; como el mismo Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura reconocía en el año 2010 a través de nota de prensa.

2.- Se falta a la verdad cuando se afirma en el Informe que este tema "ha sido una cuestión pacífica durante 22 años de ejercicio de las competencias asumidas", "sin que en ningún momento..." "...se haya cuestionado ni administrativa ni judicialmente", y se falta a la verdad cuando se afirma en el Informe "que no consta en esta Consejería que las organizaciones sindicales estén o hayan planteado un proceso de promoción de un Cuerpo a otro dentro del mismo puesto". La más reciente acción en este sentido ha sido promovida por el sindicato UGT, en la cual indica el día 25/02/2022 que "UGT Servicios Públicos de Extremadura viene reivindicando desde hace años en todas las Mesas de Negociación y mediante escritos, siendo el último el enviado a la DG de Función Pública con nº de registro REGAGE22e00004928313, la Promoción en el Puesto de Trabajo de los Auxiliares Administrativos en Administrativos a través de curso selectivo". Pues, como dice UGT en ese texto, "los auxiliares administrativos realizan las mismas funciones que los administrativos, sin que se haya definido en las funciones de cada subgrupo profesional". Así como que "la Junta de Extremadura es competente para realizar este proceso que estaría amparado tanto por el TREBEP como por la propia Ley 13/2015, de 8 de abril, de Función Pública de Extremadura, posibilitando su realización mediante la normativa existente que faculte la promoción interna en el propio puesto de trabajo". Pueden comprobar esto que se dice en la siguiente hoja informativa de UGT Servicios Públicos de Extremadura:
https://drive.google.com/file/d/1g1TCon9iI-po4Gp1ZdtdwaBiXTjxRteF/view
Se le adjunta, además, DOSSIER INFORMATIVO y de PRENSA en el que puede comprobar como otros sindicatos, por ejemplo el Sindicato SGTEX, se vienen pronunciando desde hace años sobre el tema:
https://drive.google.com/file/d/1iYioCXQ3G90YTYvlWj_feJzmpUkgQSA2/view

3.- Se falta a la verdad cuando se afirma en el Informe que Rayuela sea "una herramienta meramente instrumental", pues, como el propio Consejo de Gobierno reconocía hace más de 10 años (cuestión que es mucho más evidentemente ahora, en el año 2022) que "Rayuela sustenta la 'práctica totalidad' de los procedimientos administrativos llevados a cabo en los más de 800 centros educativos extremeños", pues Rayuela ha supuesto una apuesta por la innovación como instrumento de transformación sistémica y de mejora estructural del sistema educativo. Es un perfil por tanto, el de Administrativo, a través del cual realizan las mismas tareas Jefes de Negociado, Administrativos y Auxiliares Administrativos como hasta en el Informe se reconoce. Pues, como dice UGT en el texto que se cita en el punto anterior, "los auxiliares administrativos realizan las mismas funciones que los administrativos, sin que se haya definido en las funciones de cada subgrupo profesional". Y lo mismo ocurre en relación a los Jefes de Negociado, pues al no estar definidas las funciones, los Auxiliares Administrativos de los IES de Extremadura hacen idénticas tareas que estos y que los Administrativos. Es por ello que sí se está exigiendo por parte de la Consejería de Educación y Empleo, por la nueva realidad técnica y de gestión, a los funcionarios del Cuerpo Auxiliar, en el desempeño de las tareas Administrativas, un nivel de responsabilidad, de conocimientos, destrezas y capacidades, que no se tenían "entonces", año 2000, cuando "se produjo, conforme el Real Decreto 1801/1999, de 26 de noviembre, el traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Extremadura en materia de enseñanza no universitaria.".

Por todo ello se presenta la siguiente sugerencia al Secretario General de la Consejería de Educación y Empleo:

a) Reconozcan la evidencia y no se empecinen, faltando a la verdad, en negar unos hechos más que constatados.

b) Insten a la Consejería competente en materia de función pública de la Junta de Extremadura a iniciar, sin más demoras, un proceso como el que le reclaman la totalidad de las fuerzas sindicales con representación en la institución regional, esto es, la Promoción en el Puesto de Trabajo de los Auxiliares Administrativos (Subgrupo C2) en Administrativos (Subgrupo C1) a través de un curso selectivo. Pues, como dice UGT en ese texto, "los auxiliares administrativos realizan las mismas funciones que los administrativos, sin que se haya definido en las funciones de cada subgrupo profesional". Así como que "la Junta de Extremadura es competente para realizar este proceso que estaría amparado tanto por el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público (TREBEP) como por la propia Ley 13/2015, de 8 de abril, de Función Pública de Extremadura, posibilitando su realización mediante la normativa existente que faculte la promoción interna en el propio puesto de trabajo".

En espera que tome en consideración esta sugerencia, reciba un cordial saludo.

Nota: Se traslada el texto de este procedimiento de sugerencia al Defensor del Pueblo, a la autoridad laboral y a los responsables políticos e institucionales que tienen encomendado el control y la fiscalización de los órganos de gobierno.
 


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