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Preguntas formuladas el 01.02.2022 sobre las relaciones laborales en fraude de ley en la Administración General de la Junta de Extremadura

 
Solicitud de acceso a la información pública
A/A Portal de Transparencia y Participación Ciudadana de la Junta de Extremadura
http://gobiernoabierto.juntaex.es/transparencia/web/solicitar-informacion


NOTA: Se remite copia del presente escrito al Defensor del Pueblo, a la Comisión de Peticiones de la Asamblea de Extremadura y a la Dirección Territorial de Extremadura de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social para que sea investigada esta situación e incluida esta información en los expedientes abiertos relativos a las relaciones laborales en fraude de ley en la Junta de Extremadura.

ASUNTO: Sol. de Inf. Pública. Preguntas formuladas el 01.02.2022 sobre las relaciones laborales en fraude de ley en la Administración General de la Junta de Extremadura.

Ante Usted comparezco para poner en su conocimiento los siguientes HECHOS para los que SOLICITA respuesta expresa y por escrito:

A) EXPONE:
Ayer se me quedó una pregunta en el tintero, pregunta que quería trasladar a la Vicepresidencia Primera y Consejería de Hacienda y Administración Pública, así como a la consejera de Educación y Empleo. Pero al ser una sola pregunta pensé reservarla hasta el momento en que tuviera más interpelaciones que formular y trasladarlas todas a la vez. Pero en el día de hoy un acontecimiento ha generado más cuestiones a plantear. Es por ello que le formulo la pregunta en cuestión tras la cual expondremos el resto que el acontecimiento del día de hoy ha suscitado y que nos posibilita seguir reflexionando sobre la mejora de la administración pública de Extremadura.

SOLICITA respuesta expresa a las siguientes preguntas:
1.- ¿Por qué se otorgan comisiones de servicio en centros de trabajo dependientes de la Consejería Educación a personas que no tienen su puesto de trabajo adscrito a algún centro de la citada consejería y que desconocen los programas con los que trabajamos y no se ofertan los mismos, respetándose los principios de objetividad, imparcialidad, igualdad, mérito, capacidad, publicidad y concurrencia competitiva, a quienes ya trabajamos para la citada Consejería?
2.- ¿Por qué no se tienen en cuenta las sugerencias, que los sindicatos con representación en la Junta de Extremadura les indican a Ustedes, cuando afirman en sus propuestas para regular las Comisiones de Servicio que "Muchas de las comisiones no se corresponden con la demanda de razones técnicas específicas ya se refieren a puestos base o cuyo desempeño funcional del trabajo bien puede llevarse a cabo por funcionarios que carezcan de una especialización técnica notoria, a los que, en su inmensa mayoría, por otra parte, no se les ha permitido, tan siquiera, optar; se da incluso, de forma incomprensible, la circunstancia de que existen comisiones de servicio otorgadas en la misma localidad en la que el comisionado tiene la plaza en propiedad y sin estar desempeñando en la comisión sino un puesto general, no especialmente cualificado, en tanto que no se le da la oportunidad a personas con la misma cualificación, con cargas familiares y con destino a cuarenta, cincuenta o más kilómetros."?
3.- ¿Por qué la Junta de Extremadura no convoca, como le dicen los sindicatos, los órganos de negociación Administración-Sindicatos para que estos órganos conozcan, estudien y se pronuncien sobre la propuesta de reclasificación al Grupo C1 del colectivo de Auxiliares Administrativos que realizan fehacientemente labores de superior categoría (existe constancia que dan pruebas irrefutables de ello) como los que trabajan en centros educativos dependientes de la Consejería de Educación y Empleo de la Junta de Extremadura?

FUENTES DE INFORMACIÓN:
https://drive.google.com/file/d/1HP9Bf6fFwCeUpQPCfPLkCP5Ov5KFjKRc/view
http://www.sgtex.es/archives/2022/01/25/sgtex-con-los-auxiliares-administrativos-a-por-la-reclasificacion-al-grupo-c1-2/
https://drive.google.com/file/d/1CAPeRuln0mvw6jZYbMKJnP-n8BAi2135/view
https://drive.google.com/file/d/1S2xjufY5Iooqgh0BPRjAZURtU0V3Fg9P/view

B) EXPONE:
Parece ser, así me trasladan (adjunto pantallazo), que a los artículos alojados en la weblog de la Agrupación para la Incorporación al Cuerpo Administrativo (AICA) no se puede acceder desde los ordenadores de la Consejería de Educación y Empleo de la Junta de Extremadura. Hasta ahora si era posible, pero en el día de hoy aparece el siguiente mensaje:
"La página a la que estás intentando acceder no va a ser mostrada por tener un contenido que se ha considerado no adecuado.".

SOLICITA respuesta expresa a las siguientes preguntas:
1.- ¿Por qué la Consejería de Educación y Empleo considera el contenido de la weblog de la Agrupación para la Incorporación al Cuerpo Administrativo (AICA) como no adecuado?
2.- ¿Es por hablarse en esa weblog de las relaciones laborales en fraude de ley en la Junta de Extremadura (Trabajos de superior categoría y Comisiones de Servicio discrecionales)?
3.- ¿Por qué no se bloquea por ejemplo la página web del PSOE, a la que si se puede acceder desde los ordenadores de la Consejería de Educación y Empleo, si de bloquear páginas web se trata por contener un contenido considerado no adecuado? ¿O es que acaso es adecuado acceder a la página web de un partido que cuenta con los siguientes condenados: dos ex presidentes del PSOE y de la Junta de Andalucía, Manuel Chaves y José Antonio Griñán; una ex ministra de José Luis Rodríguez Zapatero, Magdalena Álvarez; y otros 16 ex altos cargos de los gobiernos socialistas, entre ellos seis ex consejeros -Álvarez incluida-, todos los cuales idearon y desarrollaron en esa comunidad un sistema ilegal para disponer y otorgar a discreción cientos de millones de euros -679- saltándose todos los controles y todas las normas con tal de no perder la hegemonía política en Andalucía?¿O es que acaso es adecuado acceder a la página web de un partido, el PSOE, al que recientemente le han condenado a su alcaldesa de Alcorcón, Natalia de Andrés, a cinco años de inhabilitación para gestionar y administrar bienes ajenos públicos y privados por la quiebra de la Empresa Municipal de Gestión Inmobiliaria de Alcorcón (EMGIASA)?¿O es que acaso es adecuado acceder a la página web de un partido que ha presentado a las elecciones municipales, bajo sus siglas y listas, a políticos que han llevado a la quiebra más absoluta al Ayuntamiento de Alburquerque y cuyos 200 trabajadores municipales llevan casi un año sin cobrar?
4.- ¿No cree la Consejería de Educación y Empleo que esta práctica de bloquear páginas web, en pleno siglo XXI, es como poner puertas al campo en un mundo digitalizado, con una revolución tecnológica y cibernética de la información y la comunicación galopante y en el cual todo el mundo tiene un teléfono móvil con datos ilimitados desde el que acceder a cualquier información de Internet sin necesidad de utilizar para ello los equipos informáticos de su centro de trabajo?
5.- ¿No cree la Consejería de Educación y Empleo que esta práctica de bloquear páginas web genera el efecto contrario al que se pretende y similar al que acontecía durante el franquismo cuando se retiraban por criterio político ejemplares de las revistas satíricas de la época, esto es, que suscitaba su lectura un mayor interés?
6.- ¿No cree la Consejería de Educación y Empleo que lo mejor es aplicar el contenido de los textos que en las fuentes de información le adjunto, en concreto el del 30 de octubre de 2015, titulado: Se requiere una iniciativa parlamentaria para incentivar a los empleados públicos de Extremadura; y el del 9 de febrero de 2016, titulado: Solicitando modernización y eficacia de la Administración, así como reconocimiento, dignificación y motivación del empleado público?

FUENTES DE INFORMACIÓN:
https://drive.google.com/file/d/1RBjy5byiSWDPmsy4BVB83a4PILzsNCsx/view
https://drive.google.com/file/d/129a8ZXD7USKITSKGhjaeZsArUP0730fu/view
https://drive.google.com/file/d/12GhIOGm4rQN9SJcwgSQzZ234NECaxfne/view

En espera de su pronta respuesta, reciban un cordial saludo.
 


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