Equiparación salarial entre los Empleados Públicos de la Junta de Extremadura para evitar discriminaciones laborales y económicas
A/A Consejera de Hacienda y Administración Pública
y Presidenta de la Mesa General de Negociación de la Junta de Extremadura
Dña. Elena Manzano Silva
Paseo de Roma, s/n Módulo A 1a Planta
06800 - Mérida (Badajoz)
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06800 - Mérida (Badajoz)
Fecha: 09/11/2023
Asunto: Equiparación salarial entre los Empleados Públicos de la Junta de Extremadura para evitar discriminaciones laborales y económicas
Quien la presente suscribe, ante Usted comparece y, como mejor proceda en derecho, por medio de la presente solicitud EXPONE:
1.- Que la mayoría de los sindicatos representativos de los Empleados Públicos de la Administración General, así como también los que cuentan con presencia en la Mesa General de Negociación de la Junta de Extremadura, han exigido a la Junta de Extremadura, cito literalmente, que ponga en marcha la equiparación salarial entre el personal que presta sus servicios para la institución regional al objeto de evitar discriminaciones entre los empleados públicos de la administración autonómica.
2.- Que estos mismos sindicatos han indicado de forma reiterada que la Administración incumple lo acordado en el II Acuerdo Junta de Extremadura-Sindicatos con representación en la Mesa General de Negociación, aprobado en Consejo de Gobierno del 20 de julio de 2022 (publicado en DOE 16/08/22). Y, como muestra y prueba de ello, ahí están las múltiples solicitudes de convocatoria de la Mesa General de Empleados Públicos para abordar esta desigualdad, instando a la Administración que se regularice esta situación discriminativa entre los empleados públicos de una misma empresa, la Junta de Extremadura, por el hecho de unos tener la condición de personal laboral y otros la de personal funcionario o estatutario.
3.- Que incluso en los programas electorales de las pasadas elecciones sindicales se establecía la EQUIPARACIÓN SALARIAL como un objetivo prioritario, pues no es concebible que existan categorías profesionales y puestos de trabajo en la Junta de Extremadura que desarrollan las mismas funciones, pero con diferentes retribuciones. Es por ello que instaban a realizar una equiparación salarial en el seno de esta empresa pública, común a todos, que es la Junta de Extremadura. Hay que evitar la discriminación que se da entre unas unidades y servicios con respecto a otras como el Servicio Extremeño de Salud (SES): por ejemplo, un administrativo, un auxiliar administrativo, etc..., realiza las mismas funciones en el SES que en cualquier unidad o servicio de la Administración General Autonómica pero, sin embargo, las remuneraciones en todo su conjunto no están equiparadas; tal y como está establecido por la Jurisprudencia nacional, "A igual trabajo, igual salario".
4.- Que, dado que la justicia ya ha empezado a reconocer la equiparación salarial de los trabajadores de la Junta de Extremadura con la parte sanitaria de esta misma institución autonómica, pues la sentencia considera «injustificada» la diferencia retributiva que había entre ambas. Sentencia fechada el pasado 10 de octubre, contra la que no cabe recurso y en la cual se afirma que tanto unos trabajadores como los otros cuentan con «las mismas condiciones, como mínimo, referidas a carga de trabajo, dificultad técnica o funciones atribuidas, responsabilidad, horario, dedicación, incompatibilidad, etc., que las que son exigibles para el desempeño de los puestos de trabajo».
Es por todo ello que de Usted SOLICITO:
A) Que tenga por presentado este escrito, acuerde admitirlo teniendo por reproducido en este solicita todo aquello que en el expone se manifiesta; y se me ofrezca una RESPUESTA EXPRESA, por escrito, fundada, en tiempo y forma, adecuada al procedimiento y EN CONGRUENCIA CON LA PETICIÓN QUE SE FORMULA.
B) Que, dado que la actividad y funciones que realizo en el centro de trabajo en el que presto mis servicios para la Junta de Extremadura como Empleado Público de la Administración General son las mismas que realiza mi misma categoría profesional, con «las mismas condiciones, como mínimo, referidas a carga de trabajo, dificultad técnica o funciones atribuidas, responsabilidad, horario, dedicación, incompatibilidad, etc., que las que son exigibles para el desempeño de los puestos de trabajo» en el Servicio Extremeño de Salud (SES), se me abone mensualmente en nómina la diferencia retributiva existente entre ambas y que ronda los 200 euros/mes.
En espera de su pronta respuesta a lo solicitado, reciba un cordial saludo.