Inste el Defensor del Pueblo a la ITSS a efectuar requerimiento a la Junta de Extremadura para regularizar las relaciones laborales en fraude de ley que se padecen en la citada institución
A/A de la Oficina del Defensor del Pueblo
Paseo de Eduardo Dato, 31
28010 - Madrid
Asunto: Se SOLICITA que el Defensor del Pueblo inste a la Dirección Territorial de Extremadura de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social a que efectúe requerimiento para que la Junta de Extremadura abone todas las cantidades adeudadas, pagando todos los niveles de la carrera profesional a los empleados públicos de la Administración General, así como que regularice todas las relaciones laborales en fraude de ley que se padecen en la Junta de Extremadura.
Quien la presente suscribe, ante Usted comparece y, como mejor proceda en derecho, por medio de la presente solicitud EXPONE:
1.- Que el pasado día 8 de abril de 2022, ante la Dirección Territorial de Extremadura de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, se han presentado solicitudes requiriendo el inicio de actuación inspectora en relación a las relaciones laborales en fraude de ley en la Junta de Extremadura, en concreto:
A) Que se proceda a abonar el nivel de Carrera Profesional Horizontal reconocido a los empleados públicos de la Administración Regional, a los que se les ha certificado el mismo por parte de la Directora General de Función Pública. Se insta para ello, a la Dirección Territorial de Extremadura de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, a que efectúe requerimiento para que la Junta de Extremadura formalice su pago. Lo correcto, sensato y coherente es, si está reconocida la Carrera Profesional, pagarla. Quien la presente suscribe tiene reconocidos los 4 niveles desde enero de 2019 y, con más de 30 años de servicio trabajando para la Administración Regional, estoy cobrando solo el primer nivel como alguien que lleva 12 años en la institución; pues, según el reconocimiento de nivel con fecha de efectos 01 de enero de 2019 se me reconoce, por parte de la Directora General de Función Pública, el Nivel 4 de Carrera Profesional Horizontal como Funcionario de Carrera en la Administración General.
B) Que los 275 Auxiliares Administrativos que prestan servicios en IES e IESO para la Consejería de Educación de la Junta de Extremadura se ven obligados a realizar labores superiores a su categoría profesional, instando, a la Dirección Territorial de Extremadura de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, a que efectúe requerimiento para que la Junta de Extremadura regularice la situación relativa a las relaciones laborales en fraude de ley e incumplimiento de la normativa laboral por realización y encomienda de trabajos y tareas de superior categoría a los Auxiliares Administrativos (Grupo C2) que realizan funciones de Administrativos (Grupo C1) en los citados centros de la Consejería de Educación y Empleo de la Junta de Extremadura; siguiendo el certero criterio establecido por los tribunales en otras Comunidades Autónomas como, por ejemplo, la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Canarias de 22 de julio de 2021 que suprime una categoría profesional por considerar que atenta contra el principio de igualdad, al existir dos categorías profesionales que realizan funciones de igual valor con salarios diferentes. Todo ello en la certidumbre por evidencia de que la Junta de Extremadura es conocedora que, además de este perfil de Administrativo (Grupo C1), los Auxiliares Administrativos (Grupo C2) cuentan con otros perfiles en Rayuela como el de Coordinador de Centro, Supervisión FSE o Inventario propios de Grupos profesionales A y B que comparten con los Equipos Directivos de los centros educativos, los Jefes de Departamento o Responsables de Tutoría. Funciones y tareas que se vienen realizando, por parte de los Auxiliares Administrativos (Grupo C2), de forma permanente en el tiempo desde el año 2006 en el que comienza su andadura la Plataforma Educativa Rayuela. La cual, y como también es conocedora la Junta de Extremadura, exclusivamente dispone del perfil de Administrativo (Grupo C1), pues el de Auxiliar Administrativo (Grupo C2) no existe en la citada plataforma a través de la cual realizan y registran la práctica totalidad de su actividad profesional.
C) Que la Dirección Territorial de Extremadura de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social efectúe requerimiento para que la Junta de Extremadura acate y respete el derecho, manifestado por el tribunal supremo en sus sentencias, que tiene el personal laboral que ha sido funcionarizado a seguir percibiendo los trienios perfeccionados como personal laboral por el importe establecido para dicho personal. Cuestión de fondo que, como reconoce la propia Directora General de Función Pública, "ha sido resuelta por el tribunal supremo". Avanzándose así hacia el anhelado deseo de los empleados públicos de la Junta de Extremadura: A igual trabajo, igual salario, pluses y complementos. Como así establece el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), fijando la igualdad salarial para trabajos "de igual valor"; veredicto que puede invocarse ante los órganos jurisdiccionales nacionales en litigios basados en un trabajo de igual valor realizado por trabajadores que tengan el mismo empresario en establecimientos distintos de ese empresario.
D) Que la Dirección Territorial de Extremadura de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social efectúe requerimiento para que la Junta de Extremadura suprima todas las Comisiones de Servicio que vulneran los principios de igualdad, mérito, capacidad, publicidad y concurrencia competitiva que deben regir los procesos de selección en la administración pública y que, como consecuencia de no hacerlo por parte de la Junta de Extremadura, generan relaciones laborales en fraude de ley que provocan profundas injusticias. Se debe de instar y requerir, por parte de la ITSS, a dar cumplimiento a la Recomendación número 17005026, del Defensor del Pueblo a la Consejería de Hacienda y Administración Pública de la Junta de Extremadura, en la que se indica: "En la administración extremeña el 79% de los puestos de trabajo provistos mediante el sistema de libre designación están provistos por comisiones de servicio al menos desde el año 2004". Y recomienda: "Proceder a la convocatoria inmediata mediante el sistema de libre designación de los puestos de trabajo a cubrir por dicho sistema y que actualmente están provistos por el sistema de comisión de servicio habiendo superado el plazo legal máximo establecido para dicha forma de provisión.". Algo muy parecido a lo expresado por el Defensor del Pueblo en la Recomendación 58/2013, de 10 de mayo, formulada a la Consejería de Administración Pública de la Junta de Extremadura, sobre la utilización de procedimientos de concurrencia competitiva en lugar de las comisiones de servicio para provisión de puestos de función pública (12007467). Petición que coincide con la solicitud que desde el año 2016 le viene realizando también el Tribunal de Cuentas ("El Tribunal de Cuentas ve demasiados funcionarios en comisión de servicio en la región"). Pues a día de hoy el número de Comisiones de Servicio es similar al existente en las fechas citadas tanto por el Defensor del Pueblo como por el Tribunal de Cuentas.
2.- Que los empleados públicos de la administración general de la Junta de Extremadura no entendemos que regularizar las relaciones laborales en fraude de ley en la Junta de Extremadura se encuentren siempre sujetas a disponibilidad presupuestaria. Más teniendo en cuenta que en 2022 la Junta de Extremadura tiene 1.200 millones de presupuesto más que en 2019. La totalidad de estas propuestas podrían ser satisfechas con menos del 1% de esa cuantía extra presupuestaria.
Por todo ello de Usted, como Defensor del Pueblo, SOLICITA que inste a la Dirección Territorial de Extremadura de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social a que efectúe requerimiento para que la Junta de Extremadura abone todas las cantidades adeudadas, pagando todos los niveles de la carrera profesional a los empleados públicos de la Administración General, así como que regularice todas las relaciones laborales en fraude de ley que se padecen en la Junta de Extremadura.
En espera de su pronta respuesta a esta solicitud de intervención que se le solicita, reciba un cordial saludo.